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Obvio: Cámara Comercial, en tensa espera por nuevo Código
Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco
A pesar de los esfuerzos de los principales codificadores (la Corte Suprema con Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco y el Gobierno), el empresariado no termina de expresar su satisfacción por el nuevo cuerpo normativo, lo cual se evidencia en encuentros públicos y reservados.
Esa inquietud tiene su correlato entre los integrantes de la Cámara Comercial y de la Cámara en lo Civil y Comercial federal, dos instancias en las cuales las empresas deberán adaptarse a la norma.
Entre los camaristas del fuero comercial crece la percepción de que la reforma habilita un derecho comercial que no tiene sujetos ni objetos. Esto afectaría derechos elementales de la figura empresaria.
En sus intercambios, los jueces señalan que el Derecho de Quiebras padecerá la innovación de que ahora no habría diferenciación entre quien ejerce la actividad del comercio y el que no, lo cual amplía los márgenes para recurrir al procedimiento concursal.
Quiebras
En materia de derecho internacional privado la inquietud para por la realidad de que el nuevo Código no termina de pronunciarse sobre el debate en torno a la ejecución de sentencias extranjeras. Esa visión queda circusncripta a los códigos procesales de los distintos fueros.
En los últimos meses, la Corte Suprema ya rechazó un pedido de ejecución de sentencias emitidas por tribunales del exterior. El fallo fue de vital importancia si se considera el contexto actual en el cual el país mantiene un litigio con los holdouts.
En materia de arbitraje los cuetsionamientos se centran en que se ha limitado la arbitrabilidad, en la medida en que excluyen aquellas cuestiones sobre atribución para aplicar normas de orden público. De este modo, el arbitraje quedaría restringido al ámbito de lo privado. Este último aspecto fue una incorporación de las reformas que se redactaron desde el Ministerio de Justicia.

