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Para ahorristas: se mantiene en $ 30.000 garantía de depósitos
Domingo Cavallo
Si bien es cierto que la alta liquidez de los bancos hace que la posibilidad de que quiebre una entidad es distante, durante estos 15 años sí hubo momentos, como en 2001, en los que el sistema bancario tuvo que ser asistido por el Banco Central. Tampoco en esos años se modificó el monto garantizado de los depósitos, que llega a los $ 30.000 o su equivalente en moneda extranjera.
Los que sean por valores superiores quedarán también comprendidos, pero recibirán sólo este monto como tope. La modificación de esta cifra la debe disponer el Banco Central.
La Unión Europea, en cambio, en medio de la profundización de la crisis a fines de 2008, elevó el monto de la garantía de los depósitos y lo llevó de los 20.000 euros en que estaba en ese momento a 50.000 euros.
De esta manera, los plazos fijos pactados a una tasa de hasta el 10,75% anual están garantizados. Y para los de un plazo superior a 60 días, esa tasa se eleva al 11,5%. Así lo dispone el Seguro de Depósitos SA (SEDESA), que además incluye en la garantía los depósitos en cuenta corriente y caja de ahorro tanto en pesos como en moneda extranjera.
Es precisamente la elevada liquidez en el sistema financiero la que presionó a la baja las tasas de interés de los plazos fijos para que hoy se ubiquen en los niveles mínimos de los últimos dos años. Esta disminución se tradujo en que todos los depósitos pactados estén cubiertos, ya que, según la última información disponible del Banco Central al 15 de abril, la tasa de referencia para garantizar los depósitos para plazos fijos a 30 días es del 10,75%. Y la mayoría de los bancos ofrecen pagar por las colocaciones menos que ese interés.
SEDESA, creada en 1995 cuando Domingo Cavallo era ministro de Economía, administra el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que, según los últimos datos publicados, al 30 de junio de este año llegó a los $ 4.380 millones, un 20% más que en esa fecha en 2009.
Esta entidad explicita que cuando las cuentas estén a nombre de dos o más personas, el límite de garantía es de $ 30.000 y se deberá distribuir proporcionalmente el monto entre los titulares. Otro caso es aquel en el que una misma persona posea más de una cuenta en el banco que dejó de funcionar: el total garantizado que podrá ser devuelto no podrá superar el límite general de $ 30.000.


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