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Prácticos recusaron a la CNDC y a Braun por prejuzgamiento
Defensa de la Competencia basó sus recomendaciones de regular el mercado en una denuncia que está todavía en curso
"Basta con la emisión de estas recomendaciones para que se cumpla lo dispuesto por el inciso 7 del artículo 17 del Código Civil y Comercial: "Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado", advierten los denunciados.
No sólo advierten sobre las recomendaciones en base a un expediente en curso, sino que señalan un "claro y flagrante prejuzgamiento". Sucede que la CNDC llegó a tales conclusiones "sin que en el expediente siquiera se haya resuelto sobre la procedencia de la instrucción del sumario sobre ventas atadas y barreras de entrada en el mercado".
Contestaciones ignoradas
Quienes fueron denunciados oportunamente -y ahora recusan al Gobierno- manifiestan además que sus "contestaciones" respecto de las acusaciones de restricciones al ingreso, integración vertical y colusión no fueron tenidas en consideración en la recomendación presentada a Puertos.
"La CNDC, sin siquiera haber resuelto sobre la instrucción de la presente denuncia sobre el practicaje, ha concluido que no se verifican condiciones de competencia en este mercado. La definición de esto no es otra cosa que prejuzgar", protestan.
Y van más allá al señalar una contradicción: el artículo 1 de la recomendación señala que hay que "mantener el régimen de tarifas máximas", mientras que en el punto 3 indica que este mantenimiento "no sucedió en el caso bajo análisis".
En la contestación realizada por los denunciados se destaca que, en sede penal, Metz reconoció, en octubre de 2016, que desde 1991, cuando se desreguló el practicaje "se ejerce la libre competitividad entre empresas de servicios en cada zona de practicaje". En tanto, el director de Transporte Fluvial y Marítimo, Gustavo Deleersnyder (práctico él también), manifestó en sede penal que "cada zona tiene entre una (como en Campana) y varias empresas (como en el Río de la Plata, que hay siete). En el caso específico de Bahía Blanca son dos".
"La CNDC y el secretario de Comercio, en base a la información preliminar que surge de esta denuncia han afirmado que en este mercado no se dan condiciones de competencia, que existen barreras de entrada y ventas atadas sin siquiera haber realizado la imputación", manifiestan quienes recusan.
"La CNDC -continúan- no ha analizado las contestaciones de traslado, en las cuales, acompañado con documentación contundente, categóricamente se han desvirtuado todos y cada uno de los hechos denunciados y se ha comprobado que las estadísticas aportadas por los denunciantes son todas falsas".
Al subrayar que las recomendaciones mencionan "sólo la información provista por el denunciante (Marítima Meridian contra Servicios Marítimos, por un conflicto originado en Bahía Blanca) y nada dicen de toda la abundantísima prueba aportada por los denunciados" concluyen se encuentran en un "estado de indefensión total", "juzgados sin juicio", y "juzgado sin derecho a la defensa".


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