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Primeros cambios de AFIP: amplió moratoria impositiva
El organismo que lidera Alberto Abad indicó que a la moratoria se agregan las obligaciones emergentes de declaraciones juradas determinativas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, que se presenten con posterioridad al 31 de mayo de 2016, por períodos fiscales vencidos a esa fecha. También estableció que cuando se trate de deudas en ejecución judicial, una vez acreditada la adhesión al régimen, firme la resolución judicial y una vez regularizada en su totalidad la deuda demandada, la AFIP solicitará al juez interviniente el archivo de las actuaciones. Cuando la solicitud resulte anulada o se declare el rechazo, se proseguirá con las acciones destinadas al cobro de la deuda y, en caso de caducidad del plan de facilidades por cualquier causa, el ente recaudador iniciará la correspondiente ejecución fiscal por el saldo adeudado.
Por otra parte, la AFIP también precisó la reglamentación que la adhesión al régimen se considerará aceptada en tanto se cumpla con el ingreso del pago a cuenta o la cancelación del pago al contado de la deuda. Asimismo, indicó que la adhesión al régimen implicará para el sujeto interesado el reconocimiento de la deuda incluida en los planes de facilidades de pago. Además, se dispensa a los funcionarios del organismo efectuar la denuncia penal contra aquellos responsables que regularicen las obligaciones comprendidas en el régimen.


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