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Rechazo a baja de retenciones
En el primer caso, la invalidez del decreto se basa en que la facultad de subir o bajar derechos aduaneros corresponde el Congreso (art. 75 inc. 1 CN). "El Poder Ejecutivo ha invocado para bajar o eliminar derechos de exportación una facultad que no tiene desde hace años (desde agosto de 2010). Es, pues, inconstitucional", sostiene el proyecto en referencia a la Ley 26.519, que en 2009 prorrogó las facultades delegadas, pero sólo por un año. El mismo argumento se aplica para el decreto que incrementó la coparticipación de CABA.

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