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Revés para marinos en Casación
Según consta en la causa, las tareas de espionaje tuvieron como víctimas a personas e instituciones "del orden interno del país".
Con esta decisión, Casación confirmó las condenas de entre seis meses y un año y medio de prisión que previamente había dictado la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia. En la misma resolución, con la firma de los jueces Ana María Figueroa, Raúl Madueño y Luis María Cabral, Casación no hizo lugar a un pedido del fiscal Javier de Luca para revocar la absolución de uno de los juzgados.
En el fallo, los jueces consideraron que los "integrantes y autoridades inmediatos" de la fuerza "tuvieron plena conciencia" de las tareas de espionaje, en una causa en la que está procesado y camino a juicio oral el exjefe de la Armada, Jorge Godoy. "Los miembros de la Armada -aquí condenados- no sólo colectaron material que no tenía entidad para ser catalogada como información de inteligencia militar válida , sino que tampoco se encontraban facultados a realizar tareas de inteligencia o contrainteligencia en el interior de la República", aseguró la Cámara.
"Dichas actividades estaban expresamente prohibidas, es decir, eran impropias o equivocadas e incompatibles con la actividad legal de Inteligencia Militar de una Fuerza Armada", consideró la Casación.
La Ley 23.554 prohíbe a las Fuerzas Armadas de la República Argentina realizar tareas de inteligencia vinculadas con la política interna del país. "Y, por su parte, la Ley 24.059 excluyó de los organismos que forman parte del sistema de seguridad interior a las Fuerzas Armadas", citaron los jueces en la resolución.


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