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Sólo Nación cambiará en aeropuertos
Como consecuencia de la medida, el BCRA revocó todas las autorizaciones otorgadas en las referidas plazas. La entidad justificó en la presentación de la medida que en aeropuertos y terminales portuarias «se detectaron prácticas abusivas que afectan a los viajeros que ingresan a la Argentina». Aseguró que en varios aeropuertos (Tucumán, Córdoba, Mendoza y Bariloche) la diferencia entre el tipo de cambio oficial ofrecido para la venta y el ofrecido para la compra superaba el 20%.
Ahora el turista que llega al país sólo puede vender hasta u$s 500 en el aeropuerto. En otros puntos puede seguir vendiendo. Sin embargo, cuando se va del país puede recomprar todos los dólares que quiera, si es que tiene los comprobantes de las divisas que vendió durante su estadía en el país. Por ejemplo, si estuvo una semana y vendió u$s 2.000 en el hotel, si le sobraron $ 5.000 puede cambiarlos nuevamente a dólares al tipo de cambio oficial. La norma pone limitaciones a la cantidad de dólares que los bancos públicos pueden venderle al turista, siempre y cuando pueda demostrar que antes vendió esas divisas en el mercado oficial.
En una comunicación, la autoridad monetaria señaló que «la decisión se adoptó a partir de un relevamiento conjunto realizado por el BCRA, la UIF, la AFIP y el ORSNA, que aconsejó avanzar con nuevas medidas destinadas a afianzar la prevención de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo en terminales portuarias y aeroportuarias». Según el informe, «así, con el objeto de facilitar tareas de coordinación en materia de seguridad, se resolvió requerir a las entidades financieras públicas que mantengan allí casas operativas que cuenten, en cada una de ellas, con un oficial de Coordinación con idoneidad y atribuciones suficientes para interactuar con los distintos organismos públicos que cumplen funciones en los puertos y aeropuertos internacionales».
Agregó que el directorio «también tuvo en cuenta que se detectaron prácticas abusivas de entidades privadas que operan en diferentes terminales que perjudican notoriamente a los turistas». Entre estas prácticas se verificó el pago de precios por la compra de moneda extranjera muy inferiores a los habituales de mercado, lo cual afecta a los viajeros que arriban a la Argentina. «Este tipo de comportamientos resulta abusivo y lesiona derechos de los usuarios de servicios financieros», afirmo el Central. Agregó que «los tipos de cambio minoristas comprador y vendedor ofrecidos por cada entidad pública autorizada a operar en las jurisdicciones citadas deberán ser uniformes para todas las sucursales de la entidad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, en el caso de las casas operativas instaladas en puertos y aeropuertos internacionales, respecto de las radicadas en la ciudad capital de la provincia respectiva». «Adicionalmente, las entidades públicas autorizadas para operar en establecimientos portuarios y aeroportuarios deberán brindar, según la demanda proveniente del tráfico de cada terminal, un servicio continuo a los usuarios. Las entidades dispondrán de un plazo de hasta 30 días corridos para dar cumplimiento a esta previsión».


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