19 de agosto 2016 - 00:00

Una puerta abierta a más reclamos

 En relación con el fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el aumento tarifario en el servicio público esencial de gas, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires emitió un comunicado en el que ratificó la postura expresada por los Defensores del Pueblo de la República Argentina, sobre el cual el fallo difundido ayer "ha coincidido en la mayoría de sus puntos".

Para el organismo -conducido por Alejandro Amor- al referirse sólo a los usuarios residenciales "la Corte efectúa una interpretación restrictiva sobre la legitimación procesal que tiene la asociación que interpuso el amparo. Esto no obstaculiza que el colectivo de los restantes usuarios, como por ejemplo las entidades de bien público, empresas y comercios no alcanzados por el fallo, tengan la posibilidad de recurrir judicialmente en reclamo de sus derechos". De acuerdo con el criterio de la Defensoría "el Fallo establece la continuidad de la tarifa social, aplicándose la que resulte más beneficiosa para el usuario. La Corte ha establecido que las audiencias públicas del Art. 42 de la Constitución Nacional son obligatorias para la determinación de los valores tanto del transporte, la distribución, así como la producción a boca de pozo". Por eso, para Amor es necesaria la efectiva aplicación de la Ley 27.218 de entidades de bien público y de la 27.098 de clubes de barrio y de pueblos.

Por último, el comunicado expresa que "el fallo insta al Congreso de la Nación a cumplir con la designación del Defensor del Pueblo de la Nación, lo cual fue ratificado por la sala 3ra del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, un reclamo permanente de ADPRA, que se ha expresado oportunamente en las elecciones nacionales de 2015 a través de una carta compromiso enviada a quienes eran en ese momento candidatos presidenciales".

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