La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata dejó sin efecto una medida cautelar que impedía la exploración petrolera offshore y tanto desde el sector hidrocarburífero como en el Gobierno nacional celebraron el fallo que permite continuar con la actividad sísmica a 300 km de la costa. También destacaron que el área tiene “la potencialidad de cambiar la matriz económica del país, con recursos estimados similares a los de Vaca Muerta”, como mencionaron a este medio desde el ámbito privado.
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Fallo habilitó exploración offshore frente a la costa de Mar del Plata
La decisión-que fija condiciones- fue celebrada por el Gobierno y por el sector privado. Retomarán actividad sísmica. Proyecto prevé inversión inicial de u$s800 millones y alto potencial productivo.
Blindaje. La Justicia también puso condiciones para mantener la tarea de exploración del lecho marino que va a ser llevada adelante por el consorcio de empresas que conforman Equinor, YPF y Shell.
Los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez revocaron la medida cautelar del titular del Juzgado Federal 2, Santiago Martín, emitida a comienzos de febrero pasado, al considerar “cumplidos todos los requisitos establecidos por esta Cámara oportunamente” por la empresa Equinor, expresó el fallo.
La Justicia también puso condiciones para mantener la tarea de exploración del lecho marino que va a ser llevada adelante por el consorcio de empresas que conforman Equinor, YPF y Shell, en tres de los 18 bloques adjudicados en 2019 (con compromisos de inversión iniciales por casi u$s800 millones, de los cuales se llevan desembolsados unos u$s100 millones). Ahora, continuarán las actividades de prospección sísmica de los bloques 100, 108 y 114.
Las tres firmas esperaban un fallo favorable para continuar con las inversiones en momentos donde evaluaban la viabilidad del proyecto que podría generar exportaciones anuales por más de u$s20.000 millones para el país. La compañía operadora tenía programado iniciar las tareas de relevamiento sísmico en noviembre, pero la demora judicial motivó que cancelara la contratación del buque BGP Prospector que iba a arribar al país en estos días para comenzar el trabajo.
Los estudios preliminares realizados por YPF consideran que podría existir un yacimiento con capacidad de producir 200 mil barriles de petróleo día, equivalente a casi al 40% del petróleo que hoy produce la Argentina.
La decisión del tribunal revocó la cautelar del juez de primera instancia Martín, quien fue cuestionado luego de que se difundiera una fotografía con el abogado ambientalista José Esain, quien fue uno de los que había solicitado que no se autorice el proyecto. El recurso había sido planteado inicialmente por el intendente de General Pueyrredón, Guillermo Montenegro (PRO), la Fundación Greenpeace Argentina y la Organización de Ambientalistas Autoconvocados.
El intendente y exministro de Seguridad de CABA en la gestión de Mauricio Macri no se opuso al fallo y destacó los controles establecidos. “La primera parte de la exploración no va a generar un boom, pero pensando en que cualquier actividad industrial tiene riesgo, hay que minimizarlo; pero siempre que signifique trabajo, y con cuidado, minimizando lo más posible los riesgos, lo vamos a acompañar”, dijo a medios bonaerenses.
En tanto, la Secretaría de Energía de la Nación difundió la decisión judicial a través de su cuenta en la red social Twitter, en la que remarcó que “la producción offshore presenta una gran oportunidad para el desarrollo económico de nuestro país”. “Desde el Gobierno nacional controlaremos y exigiremos que la actividad se desarrolle cumpliendo los máximos estándares de seguridad con el objetivo de cuidar nuestro ambiente”, destacó la cartera que conduce la secretaria Flavia Royón.
Vale destacar que la Cámara de Apelaciones establecieron una serie de “condiciones esenciales” para la ejecución de la exploración petrolera. Primero, incluyó como “observadores permanentes” a miembros del equipo “Pampa Azul”. Además, las actividades de prospección sísmica “no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta 50 kilómetros” del sector que comprende la zona denominada “Agujero Azul”. Por último, la exploración “deberá suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente”.


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