La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) exige una determinada serie de condiciones para que los trabajadores puedan acceder a la jubilación. Conoce cuáles son.
ANSES: qué requisitos necesito para poder jubilarme
Para poder acceder a la jubilación, la Administración Nacional de la Seguridad Social especifica una serie de condiciones esenciales. Conocé cuáles son.
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ANSES.
A su vez, este mes, el organismo previsional entregará el segundo bono de $10.000 a jubilados y pensionados que cobran un haber mínimo y de $7.000 para quienes reciben dos haberes mínimos. El pago del beneficio se abona junto al cobro de la jubilación según la terminación del DNI, sin realizar ningún trámite extra.
Requisitos para jubilarme
Para poder iniciar tu jubilación, tenés que tener:
- 60 años de edad si sos mujer o 65 años si sos hombre.
- 30 años de aportes registrados.
Los requisitos pueden variar según el tipo de trabajo que hayas realizado. El trámite puede iniciarse hasta 3 meses antes de cumplir con la edad requerida.
Jubilación ANSES: ¿Cómo realizar el trámite?
- Ingresa a mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. Verificar que todos tus aportes estén registrados eligiendo la opción Trabajo > Consultar Historia Laboral.
- Sacar turno: solicitar un turno para atenderte en una oficina de ANSES.
Si te faltan aportes, reuní la documentación que pruebe los períodos trabajados: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social o Declaración Jurada.
¿Cómo saber cuántos aportes tengo?
Podés revisar tus aportes jubilatorios registrados ingresando a Mi ANSES > Trabajo > Historia Laboral con tu clave de la seguridad social. En el caso de contar con más de 30 años de aportes, el haber se incrementa en un 1% por cada año excedente, hasta el límite de 45 años de aportes.
Jubilados ANSES: ¿Cuándo cobro en enero?
Jubilados que cobren un haber mínimo
- DNI terminados en 0: 10 de enero.
- DNI terminados en 1: 11 de enero.
- DNI terminados en 2: 12 de enero.
- DNI terminados en 3: 13 de enero.
- DNI terminados en 4: 16 de enero.
- DNI terminados en 5: 17 de enero.
- DNI terminados en 6: 18 de enero.
- DNI terminados en 7: 19 de enero.
- DNI terminados en 8: 20 de enero.
- DNI terminados en 9: 23 de enero.
Jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: 24 de enero.
- DNI terminados en 2 y 3: 25 de enero.
- DNI terminados en 4 y 5: 26 de enero.
- DNI terminados en 6 y 7: 27 de enero.
- DNI terminados en 8 y 9: 30 de enero.
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