Potenciar Trabajo: cómo revalidar los datos para acceder al bono de enero

Los beneficiarios del programa deben hacer una actualización de datos para continuar obteniendo el beneficio. Conocé como cobrar.

Potenciar Trabajo.

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Los beneficiarios que reciben el Potenciar Trabajo deben realizar un reempadronamiento de datos obligatorio, según el Gobierno, para poder acceder a la segunda cuota del bono de $13.500. Tienen tiempo de revalidar su información hasta el 15 de enero de 2023, inclusive.

Según el Ministerio de Desarrollo Social, este pago es en concepto de "refuerzo" y además se abonará el mismo plus a trabajadores registrados. Este mes, el pago será de $6.750 adicional a la prestación recibida.

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El procedimiento de Autogestión, Comunicación y Actualización de Datos se realiza a través de la App Mi Argentina para no perder el plan. Quienes no la hagan, quedarán excluidos y no cobrarán más la prestación.

Potenciar Trabajo: ¿Cómo validar los datos?

Los beneficiarios deberán realizar el trámite desde la aplicación:

  • Ingresar a Mi Argentina.
  • Ir a la pestaña Mis Cobros.
  • Completar el formulario de tres pasos.
  • Luego de ingresar los datos, se completará la revalidación biométrica.

Según el Gobierno, esta medida está vinculada a las investigaciones en las cuales se determinó que varias personas que cobraban los haberes no cumplían con los requisitos para acceder a la ayuda social.

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¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Potenciar Trabajo?

Los titulares del plan deberán cumplir con la realización de un máximo de 60 horas mensuales en una Unidad de Gestión de las siguientes actividades laborales y comunitarias:

  • Tareas de cuidados y servicios socio-comunitarios.
  • Reciclado y servicios ambientales.
  • Construcción, infraestructura social, mejoramiento barrial y habitacional.
  • Agricultura familiar y producción de alimentos.
  • Producción de indumentaria y otras manufacturas.
  • Comercio popular.
  • Actividades de formación y capacitación profesional o entrenamiento laboral en virtud de lo normado por el DNU N.º 711/2021.

Además, dichos titulares no podrán hacer compras con tarjetas en dólares que sean mayores a los u$s15.

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