Este sábado y domingo volverán a regir las medidas que dispuso el presidente Alberto Fernández entre el 22 y el 30 de mayo. Una etapa que ordenó un confinamiento estricto en casi todo el país, con el fin de mitigar la propagación del Covid-19.
Este sábado y domingo volverán a regir las medidas que dispuso el presidente Alberto Fernández entre el 22 y el 30 de mayo. Una etapa que ordenó un confinamiento estricto en casi todo el país, con el fin de mitigar la propagación del Covid-19.
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El pasado 20 de mayo, el jefe de Estado estableció, entre otros puntos, nueve días de confinamiento para todos los lugares que se encuentren en alto riesgo o alarma epidemiológica. De este modo, así como estaba estipulado, se repetirán a partir de las 0 del sábado y culminarán apenas comience el lunes 7 de junio.
En el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y en 133 distritos de la provincias de la Argentina, con excepción de La Rioja, quedará suspendido:
El transporte público será uso exclusivo para los trabajadores de tareas esenciales.
Para usar los trenes, subtes o colectivos deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19”, con el permiso correspondiente. Lo mismo ocurrirá para quienes utilicen sus vehículos particulares y decidan trasladarse.
Quienes ya tengan un permiso de circulación a causa de sus trabajos no deben renovarlos. Sin embargo, aquellos que aún no lo tengan, cuenta con dos opciones para solicitar el certificado de circulación válido en todo el país: se puede hacer desde la web, completando e imprimiendo el formulario de la página oficial del Gobierno, y también se puede conseguir a través de la aplicación móvil CuidAR.
Por su parte, el Decreto de Necesidad y Urgencia 334/202 (DNU) establece que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios.
No obstante, el texto precisa que “podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias”, para lo cual “no será necesario contar con autorización para circular”.
Sin embargo, se remarcó que en ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
Por último, continuará vigente la prohibición de circulación nocturna, que regirá desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente. La única excepción a esta norma será para los trabajadores esenciales, quienes además podrán usar el transporte público si pertenecen a los sectores mencionados en el DNU.