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10 de agosto 2026 - 14:30

El dato clave sobre la Prestación por Desempleo de ANSES que pocos conocen antes de tramitarla

En agosto, el esquema contempla nuevos topes vinculados al salario mínimo. Conocé los detalles del beneficio.

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La Prestación por Desempleo de ANSES tiene un plazo de 90 días para solicitarse y un cálculo que depende del salario previo y del tiempo trabajado.

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La Prestación por Desempleo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tiene una particularidad que puede modificar de manera directa cuánto tiempo se cobra el beneficio: el trámite debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la finalización de la relación laboral.

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Si la persona presenta la solicitud después de ese período, no pierde necesariamente el derecho a acceder al seguro, pero los días de demora se descuentan del total de la prestación que le corresponde.

El dato es especialmente importante para quienes atraviesan un despido o la finalización de un contrato y postergan la gestión mientras buscan un nuevo empleo.

La normativa establece que el período de cobertura está relacionado con los meses trabajados y los aportes realizados durante los últimos tres años, por lo que esperar más de lo permitido puede reducir la cantidad de días de cobro.

¿Qué pasa si te demorás más de 90 días en hacer el trámite? La regla de ANSES que reduce tu cobro

El plazo de 90 días no es un detalle administrativo menor. La normativa establece que la solicitud debe realizarse dentro de ese período contado desde el cese de la relación laboral. Cuando el trámite se inicia después, los días transcurridos por fuera del plazo se descuentan del período total de prestación que le hubiera correspondido al trabajador.

Además, ANSES establece que la prestación está dirigida a trabajadores en relación de dependencia comprendidos por la Ley 24.013 que quedaron desempleados por causas ajenas a su voluntad. Para trabajadores permanentes se exige haber trabajado al menos seis meses con aportes durante los tres años anteriores al despido o finalización del contrato.

El cálculo detrás del seguro por desempleo: ¿por qué no todos cobran el tope máximo?

La Prestación por Desempleo no consiste en una suma fija que reciben todos los trabajadores. El cálculo toma como referencia la remuneración que tenía la persona antes de perder el empleo y la cantidad de meses trabajados con aportes. La normativa vigente establece que la prestación equivale al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los seis meses anteriores al cese del contrato.

Sin embargo, ese cálculo está sujeto a los límites establecidos por el Salario Mínimo, Vital y Móvil: el beneficio no puede ser inferior al 50% del SMVM ni superior al 100% de ese valor. Esto explica por qué dos personas que perdieron su trabajo en fechas similares pueden recibir montos diferentes.

Si el cálculo correspondiente al salario anterior queda por debajo del piso, se aplica el mínimo. Si supera el techo, se cobra el máximo permitido. En agosto, el SMVM vigente desde el 1° de agosto es de $376.600, pero existe una particularidad por el mecanismo de liquidación.

La Prestación por Desempleo se paga a mes vencido, por lo que los importes que se acreditan durante agosto corresponden al período anterior. Para el período devengado en julio, el SMVM utilizado como referencia es de $372.400, lo que determina un piso de $186.200 y un máximo de $372.400.

El monto también está relacionado con la duración del beneficio. ANSES establece entre dos y 12 cuotas, según los ingresos y los meses trabajados con aportes durante los tres años anteriores. Para quienes tienen 45 años o más, la cobertura puede extenderse durante seis meses adicionales.

Cuándo se acredita realmente el dinero: el detalle del esquema a mes vencido

Otro dato que puede generar confusión es que el valor anunciado para un determinado mes no necesariamente es el que se acredita durante ese mismo período. La Prestación por Desempleo se liquida a mes vencido. Esto significa que el pago que se realiza en agosto corresponde a julio.

Por eso, para analizar cuánto recibe efectivamente una persona durante agosto hay que mirar los valores correspondientes a julio y no directamente los que empezaron a regir en agosto. Esta diferencia también explica por qué los valores publicados en las últimas semanas pueden mostrar cifras distintas.

El salario mínimo fue fijado en $372.400 desde julio y subió a $376.600 desde agosto. Como la prestación utiliza el esquema de liquidación a mes vencido, el incremento de agosto tendrá impacto en el período que corresponda liquidar posteriormente.

Lo que no te contaron: los dos beneficios extra que mantenés mientras cobrás la prestación

La Prestación por Desempleo no se limita al pago mensual. Durante el período en que la persona permanece incluida en el sistema también conserva la cobertura de obra social y el derecho a cobrar Asignaciones Familiares, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa.

Las Asignaciones Familiares pueden continuar durante el período de percepción del seguro siempre que se cumplan los requisitos correspondientes. En cuanto a la cobertura de salud, la persona desempleada mantiene la cobertura de obra social durante el período correspondiente, de acuerdo con las normas que regulan el seguro.

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