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6 de abril 2009 - 14:57

Ordenaron indemnizar a policía que fue herido al intentar frustrar un asalto

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La Cámara Civil y Comercial Federal ordenó que un Policía Federal sea indemnizado con $ 192 mil a raíz de las heridas de bala que sufrió al intervenir en un intento de robo a un supermercado.

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Los camaristas Graciela Medina y Ricardo, de la Sala III, señalaron que "nadie ingresa a la policía para morir o quedar incapacitado y dejar a su familia en el desamparo".

"Su compromiso con la comunidad incluye cumplir con su deber aún cuando ello implique sacrificar su seguridad personal, pero si lamentablemente sufre daños, ellos deben ser reparados", añadieron.

El hecho ocurrió en diciembre de 1998, cuando el policía Carlos Antonio Vallejos realizaba un patrullaje con otros dos compañeros, cuando fue alertado sobre un intento de robo a un supermercado.

Al arribar al lugar, los policías se tirotearon con los delincuentes, y Vallejos recibió tres balazos, que le produjeron secuelas "irreversibles", razón por la cual se le dio el "retiro obligatorio" de la Policía Federal.

El Ministerio de Justicia negó el pago de un resarcimiento en base a que -según entendió- Vallejos "ingresó voluntariamente a la fuerza y que el accidente fue una contingencia posible dentro del marco de la función que ejerce voluntariamente el personal policial, la cual excede el ámbito de responsabilidad del Estado".

Al respecto, invocó la ley 21.965, la cual "no prevé ningún resarcimiento" cuando se producen este tipo de situaciones. "El hecho policial involucra el ejercicio del poder de policía en materia de seguridad que debe ser prestado por el Estado en las condiciones adecuadas al fin perseguido", afirmaron los jueces.

"Si bien la actuación de la Policía Federal tiene un fin de interés general, de bien común, la mirada no puede limitarse a contemplar al Estado, sus actos y fines, y olvidarse de los hombres y mujeres que por cumplirlas pierden su integridad psicofísica o lo que es peor, su vida", añadieron.

Además, indicaron que "las normas no establecen que la incorporación al cuerpo de la institución implique la renuncia al derecho de ser resarcido".

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