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26 de marzo 2004 - 00:00

Podrán reprimir la portación de armas

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Ayer, los diputados porteños decidieron una ley de procedimiento que en lo formal
La norma, modificación a la Ley 12, establece entre otras cuestiones:

.
. Los delitos cuya pena supere los noventa días de arresto o que contemplen pena privativa de libertad, son seguidos y juzgados utilizando supletoriamente el Código Procesal Penal de la Nación.

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