ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

29 de diciembre 2008 - 00:00

Se inició en el Consulado español el nuevo trámite para obtener la ciudadanía

ver más
Sin mayores complicaciones se inició en el Consulado de España en esta capital el nuevo trámite para obtener la ciudadanía, que contempla a los descendientes de los que sufrieron el exilio y que alcanza no sólo a los hijos sino también a los nietos de españoles.

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

Un importante número de personas se presentó en la sede consular, tras haber iniciado su trámite por internet en algunos casos desde octubre pasado.

Si bien por momentos se observó una cola de hasta media cuadra frenta a la puerta, voceros de la dependencia diplomática aclararon que "gran parte de la gente acudió a retirar el pasaporte, pedir información o retirar formularios".

La Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007, 26 de diciembre) establece medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura española.

De esta manera, los hijos y por primera vez los nietos de españoles, especialmente quienes hayan sufrido persecución política y exilio, están en condiciones de iniciar el trámite para pedir la ciudadanía española gracias a una disposición que beneficiará a unas 600.000 personas.

"Con tantos casos, cada uno tendrá un contenido muy distinto y complejo. Aconsejamos que quien tenga dudas, inicie las gestiones para que se pueda aclarar su situación. O como mínimo, que consulte", señaló el director general de la Ciudadanía Española en el Exterior, Agustín Torres.

Las personas interesadas en iniciar el trámite, que es gratuito, podrán consultar el sitio de Internet del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Gobierno español, ww.mae.es o en la página web del Consulado General de España en Buenos Aires, www.cgeonline.com.ar

"Como nunca había sucedido antes, esta nueva legislación facilita el acceso a la nacionalidad española de origen a los descendientes de emigrantes españoles, hijos y nietos", agregó Torres.

"Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad española de origen si formalizan su declaración en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Disposición adicional", de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

Además, en la página de Internet del consulado se aclara que "este derecho también se reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio".

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias