La Cámara del Crimen rechazó una recusación contra el juez que investigó la primera etapa de la violación grupal en el barrio porteño de Palermo. Así ratificó virtualmente el pase de la causa a la etapa de juicio oral.
La Cámara del Crimen rechazó una recusación contra el juez que investigó la primera etapa de la violación grupal en el barrio porteño de Palermo. Así ratificó virtualmente el pase de la causa a la etapa de juicio oral.
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La defensa del imputado Thomas Fabián Domínguez, a cargo del penalista Jorge Alfonso, había recusado al titular interino del Juzgado número 21, Marcos Fernández, quien tuvo a su cargo la etapa de instrucción de la causa, que acaba de ser elevada a debate.
Alfonso consideró que "se encuentra vulnerada la garantía de imparcialidad" porque el juez rechazó "distintas medidas de prueba" propuestas para apoyar la estrategia de la defensa, que "configura la causal de temor de parcialidad".
Pero la Cámara del Crimen, en un fallo firmado por el juez Juan Esteban Cicciaro, refutó que "tampoco la denegatoria de las medidas solicitadas por la defensa permite concluir en la existencia de una enemistad manifiesta que se invoca".
El rechazo explicó que el juez Fernández "ha fundado oportuna y tempestivamente la denegatoria de las medidas propuestas por la defensa" y que "dicha decisión se enmarca en la discrecionalidad" que dispone el magistrado al dirigir la investigación.
"El instituto de la recusación debe ser restrictivo, puesto que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional del juez natural", resumió el fallo.