1 de noviembre 2002 - 00:00

Por per saltum avanza la despesificación

La Corte sigue avanzando hacia la despesificación y existe criterio mayoritario para rechazar el per saltum que pidió Roberto Lavagna para detener el pago de los plazos fijos que son devueltos por aplicación de los recursos de amparo. Los términos del planteo del Ministerio de Economía -hoy acercarán una nota aclaratoria-fueron considerados contradictorios en el acuerdo de ayer e, inclusive, incidieron para que los jueces supremos favorables a la pesificación revisaran ese apoyo. La Corte se opone a pagar el costo político de una medida de tanta gravedad jurídica como pretenden Eduardo Duhalde y Roberto Lavagna. Por el contrario, le pide al gobierno que resuelva el problema, ya que la imposición y solución del "corralito" financiero son exclusivas del Poder Ejecutivo y el Congreso, y por lo tanto los jueces no quieren asumir esa responsabilidad ajena.

Sin que sea su propósito, el pedido de per saltum de Roberto Lavagna a la Corte para que se detengan los amparos judiciales en favor del retiro de depósitos de los bancos, logró el objetivo contrario. No sólo ya existe un criterio mayoritario para rechazarlo sino que provocó el retiro de los votos favorables a la pesificación debido a los argumentos favorables a la dolarización de los depósitos que contiene el escrito que presentaron los abogados del Ministerio de Economía, según se interpretó en el Acuerdo de ayer. Carlos Fayt desde Montevideo pidió que se retire su voto y Antonio Boggiano no pudo contener su enojo por la redacción de la presentación que lo dejaría descolocado jurídicamente. El tercero, Augusto Belluscio, aplicó su habitual ironía para calificar a los colaboradores de Lavagna.

Los dos párrafos que generaron la reacción de los jueces son los siguientes: «En resumen, en caso como el de autos, corresponde que el tribunal ordene a la entidad financiera en la que se encuentran depositados los fondos, de que es acreedor el demandante, se abstenga de modificar por aplicación de las normas que así lo han dispuesto, con posterioridad a la sanción de la ley 25.561- la naturaleza monetaria del deposito, la tasa de interés establecida y su plazo de vencimiento».

• «Esto significa que la entidad financiera deberá mantener, bajo las condiciones originariamente convenidas con el ahorrista, el título en que respalda su petición, el que quedará sujeto a lo que es, en definitiva, se resuelva al sentenciarse esta causa».

Anoche, enterados del estado de ánimo en la Corte, desde Economía se anunció que se mandará una nota aclaratoria para pedirle al tribunal que se mantenga la pesificación y la aplicación del CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) que se aplica a los préstamos en dólares pesificados y a los depósitos dolarizados retenidos por el «corralito» financiero, hasta tanto se obtenga la sentencia definitiva. Claro que este intento de incidir en la Corte es válido si se concede el per saltum, pero en caso de rechazarse -como era la posición mayoritaria hasta anoche: Guillermo López, Adolfo Vázquez, Julio Nazareno y Eduardo Moliné O'Connor, a quienes se puede sumar Fayt-no tendrá aplicación práctica. Precisamente, los argumentos para no conceder el mecanismo de excepción que pide Lavagna, se centran en que el caso planteado no es sentencia definitiva y el recurso no proviene de una instancia superior.

•Incongruencia

Otras de las críticas contra el per saltum de Lavagna se originaron en el procedimiento utilizado. Varios de los jueces llegaron a sostener la presunta incongruencia de haber derogado el per saltum legislativo que se abrió con la imposición por parte del Congreso del artículo 195 bis que modificó el Código Procesal Penal y estableció que las fallos contrarios al «corralito» financiero por parte de los jueces de primera instancia podían ser recurridos directamente a la Corte, obviando a las cámaras. Lo que extrañó a los jueces supremos es que esa ley fue derogada por un decreto de Necesidad y Urgencia de este gobierno y, ahora, desde el Ministerio de Economía se pide un per saltum judicial. Fue en ese punto del debate cuando estallaron Boggiano y Belluscio.

También la Corte decidió volver a reunirse en Acuerdo ordinario los días martes como fue tradicionalmente, salvo que el lunes fuera un feriado o se volviera de alguna de las dos ferias anuales. La medida se adoptó por considerar que al haberse archivado el juicio político, no existe necesidad práctica de encontrarse los jueves, un día después de que sesionara la Cámara de Diputados en la que se discutía la suerte de los 9 ministros judiciales. Otra secuela del juicio político fue la parálisis que sufre el expediente con la cuestión militar. Uno de los miembros del alto tribunal llegó a responsabilizar a Horacio Jaunarena, quien -según esta fuente-habría ofrendado «la cabeza de dos de los integrantes de la denominada mayoría automática que podrían ser Vázquez, López o Nazareno mientras él se encargaba de Belluscio». Desde este ángulo de la información, el mismo juez agraviado pidió el alejamiento del ministro de Defensa previo al tratamiento de tan espinosa cuestión.

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