15 de noviembre 2001 - 00:00

Speroni dictó la falta de mérito de Menem por contrabando de armas

El juez Julio Speroni dejó ayer a Carlos Menem en las puertas de la excarcelación al haberle dictado la falta de mérito en el supuesto delito de contrabando. La medida fue tomada cinco días antes de que se conozca el anunciado fallo de la Corte por el que se revocaría la calificación de jefe de asociación ilícita que le aplicó el controvertido dúo judicial de Jorge Urso y Carlos Stornelli y que confirmó la Sala II de la Cámara Federal Penal porteña. La Corte, el martes, dará a conocer el dictamen revocatorio de la prisión de Emir Yoma y se le exigirá a la Cámara Federal que dicte un nuevo fallo sin el cargo de asociación ilícita. Por la aplicación de ese mecanismo procesal no serán los criticados camaristas Martín Irurzun, Horacio Cattani y Eduardo Luraschi quienes definan la situación procesal de Yoma sino la Sala I de Luisa Riva Aramayo, Horacio Vigliani y Gabriel Cavallo. Esto obedece al hecho de que la Sala II ya prejuzgó en el caso Yoma y podría dictaminar en Menem. Es de práctica y por una prolijidad jurídica -aunque esta causa en este fuero será digna de estudio por las graves y serias irregularidades-que cuando la Corte revoca una sentencia, el tribunal afectado se desprende de toda la causa. Además, el fuero federal con el fallo de la Corte se quedará sin el cargo penal más importante -asociación ilícita-y por lo tanto será absorbido por Speroni, que es el juez natural para investigar contrabando, como lo hizo notar el martes con argumentaciones de fuerte contenido jurídico contra la Cámara Federal y Urso.

El juez en lo Penal Económico Julio Speroni dictó ayer la falta de mérito para Carlos Menem y para su ex asesor y cuñado Emir Yoma en el marco de la causa en la que se investiga el supuesto contrabando de armas y pólvora a Croacia. Al tomar esta decisión, Speroni consideró que aún no hay elementos que comprometan al ex presidente como para dictar su procesamiento y prisión preventiva, ni pruebas que basten para disponer su sobreseimiento y desvinculación definitiva. Ahora, la única acusación firme contra Menem es el procesamiento con prisión preventiva que le dictó el controvertido juez federal Jorge Urso, quien lo acusó de ser el supuesto jefe de una asociación ilícita que vendió armas en forma ilegal entre 1991 y 1995.

Con la decisión de ayer, Speroni colocó a Menem y a Yoma en las puertas de la excarcelación y el abandono del lugar de sus detenciones: la quinta de Don Torcuato de Armando Gostanian, el primero por gozar del beneficio de arresto domiciliario al ser mayor de 70 años; y el Escuadrón Campo de Mayo de la Gendarmería, el segundo.

Este paso sólo se cumplirá una vez que la Corte -anoche se debatía en realizar hoy un acuerdo extraordinario o esperar hasta el martes para firmar la acordada en la habitual reunión semanal-revoque la calificación de asociación ilícita que los cuestionados Jorge Urso y Carlos Stornelli le impusieron a Menem como supuesto jefe y a Yoma como supuesto organizador.

La irregular aplicación de esa cuestionada figura penal por el dúo judicial de Urso-Stornelli -el fiscal en otra causa y ante otro juez apoyó la recusación de los ministros de la Corte Julio Nazareno y Adolfo Vázquez y alentó cargos contra su superior, el procurador general Nicolás Becerra-, confirmada por los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Luraschi y Horacio Cattani, será tratada en severos términos por los máximos jueces, especialmente en el voto que está escribiendo Augusto Belluscio, quien pidió una semana de plazo -por eso no salió el martes pasado-para dar a conocer su propio voto. A ese criterio se sumaría Antonio Boggiano, y en forma coincidente, pero en voto conjunto aparte, votarían Eduardo Moliné O'Connor -autor del proyecto original-Julio Nazareno, Guillermo López y Adolfo Vázquez. Tampoco favorecerán la aplicación de la asociación ilícita Enrique Petracchi, Gustavo Bossert y Carlos Fayt, sino que opinarán que debe entender la Casación Penal para corregir esa desviación jurisprudencial.

Pero Speroni no se quedó sólo en lo formal, ya que avanzó nuevamente sobre la no resolución de la cuestión de fondo sobre la situación procesal de Menem por parte de la Sala II de la Cámara Penal Federal porteña, pese a que en su escrito el juez trata de ser cuidadoso de las formas. Speroni defiende el principio de que «la instrucción de los sumarios no se puede suspender en virtud de la sustanciación de incidencias atributivas a la competencia». Por eso aclara que resolverá la situación procesal de los acusados - Yoma y Menem-sin entrar a considerar la cuestión de fondo cuya resolución la reserva para más adelante cuando concluya el expediente que le envió el viernes 9 pasado a las 14.02 su colega Horacio Artabe, cuyo trámite se encuentra con un gran atraso en relación con la investigación de Speroni.

Este juez considera que en esa causa aún no se han interrogado a los miembros de la comisión «tripartita» interministerial -Defensa, Cancillería y Economía, que aconsejó la compra de armas y formada desde el gobierno de Raúl Alfonsín-o al ministro de Defensa, y defiende su propia instrucción en la que cumplió con todas estas exigencias procesales. «Ingenuo sería dejar de apreciar la importantísima gravitación que potencialmente pudieran llegar a tener la producción de dichos actos (las indagatorias futuras) a la hora de resolver la situación procesal de los indagados (Menem y Yoma).» Por eso en este caso de los embarques a Ecuador contemplados en el Decreto 103/95, Speroni deja la resolución para más adelante.

Por eso en el juzgado de Speroni, sobre todo en la Secretaría de
Rodrigo Paydró -soporte intelectual de la instrucción-, saben que tienen no sólo que estudiar los 40 cuerpos de ese expediente, sino también deben realizar varias medidas para «nivelar» esa causa al avance alcanzado por la del contrabando de pólvora.

Dejá tu comentario