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Efectivamente, a 16 (dieciséis) años de que Carlos Saúl Menem -el hoy tan vituperado presidente peronista- declarara la «emergencia económica», un 8 de julio de 1989, comienza a disiparse -pese a la maraña de fallos (muchas veces contradictorios) que la siguen invocando- la posibilidad de seguir conculcando los derechos de inversores y ahorristas, esta vez con la invocada finalidad de evitar crisis sistémicas y males similares.
1) tanto en primera como en segunda instancia -sea cual fuere el fuero (federal, civil, comercial, etc.), o la jurisdicción (nacional y/o provincial) de tramitación, lo cierto es que -como mínimo hasta el límite de u$s 70.000 al que alude el peregrino voto del Dr. Zaffaroni en el «leading case Bustos»- los magistrados siguen acogiendo los amparos y ordenando su pago en divisa; 2) amén de ello, no avizoramos obstáculo alguno para que se siga haciendo lugar a los reembolsos en moneda extranjera, frente a las denominadas «hipótesis de excepción»; 3) en lo que hace a las denominadas «colocaciones de títulos de deuda soberana»; leáse los hoy tristemente célebres «bonos argentinos» (de cualquier nombre y/o emisión) «defaulteados» colocados entre inversores argentinos u «overseas» por bancos nacionales o extranjeros, es sabido que ya varias entidades financieras italianas -«motu proprio»- han dispuesto reembolsárselos a los infaustos tenedores frente a reclamos promovidos por éstos ante cortes peninsulares, a raíz de existir pronunciamientos favorables a los perjudicados que imponían a la Banca colocadora el deber de cancelarlos a valor de adquisición, como consecuencia del incumplimiento de los deberes más elementales del banquero, traducidos en ofrecer «junk bonds» (como los que le valieran severas condenas penales al recordado ex zar de Wall Street Michael Milken), como si fueran títulos sólidos emanados de un emisor confiable.
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