Aborto no punible se debate en Diputados
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Además, en ese artículo se afirma que la figura del aborto punible también aparece «si el embarazo proviene de una violación sobre una mujer idiota o demente», caso en el que la interrupción de la gestación sólo puede llevarse a cabo previo «consentimiento legal». Ante esta situación, la norma oficial propone ampliar la base de la figura del aborto no punible, habilitando la interrupción del embarazo para los casos en que «la gestación fuera consecuencia de una relación sexual no consentida».
«En el caso de las menores e incapaces, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para realizar el aborto», expresa el texto del proyecto oficial, pero no será necesario contar con la autorización judicial.
Esta discusión se desarrollará en el Congresonacional en momentos en que la cuestión desató una fuerte polémica en Uruguay, donde el Parlamento aprobó la despenalización del aborto, pero finalmente el presidente Tabaré Vázquez vetó la ley.
Además, el arranque del análisis coincidirá con un recital «Por la vida y contra la legalización del aborto» que se llevará a cabo en el Parque de la Costa, organizado por sectores de la Iglesia Evangélica, respaldados por la diputada del bloque PRO, Cynthia Hotton, y el pastor Ale Gómez.
La propuesta que se analizará la próxima semana en Diputados también plantea que «el peligro para la vida o la salud de la madre deberá ser probado con la opinión de un profesional matriculado», en tanto que en todos los casos de aborto no punible «la mujer deberá brindar su consentimiento informado, luego de recibir información en términos comprensibles según su nivel sociocultural».
El plazo para realizar el aborto, según la norma que circula en Diputados, no podrá «ser mayor a los quince días corridos», siendo la «máxima autoridad del centro asistencial la responsable de encontrar al profesional» que realice la práctica, si es que existiese alguna «objeción de conciencia».
«En ningún caso podrá exigirse denuncia penal para comprobar la relación sexual no consentida; tampoco se podrá exigir autorización judicial para efectuar el aborto, cuando se cumpla con alguno de los tres supuestos del artículo 86 del Código Penal», subraya el proyecto.




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