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25 de junio 2021 - 21:00

Cuáles son las restricciones que seguirán vigentes tras la nueva prórroga del DNU

El nuevo decreto mantiene el semáforo que clasifica las distintas regiones del país en riesgo bajo, medio y alto y alarma epidemiológica y sanitaria.

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Télam

El Gobierno nacional volvió a prorrogar hasta el próximo 9 de julio el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU 287/2021) , publicado el pasado 1 de mayo, que dispone un semáforo epidemiológico para establecer las medidas a aplicar para contener la segunda ola de coronavirus "en lugares de alto riesgo epidemiológico y sanitario o en situación de alarma epidemiológica y sanitaria". El DNU entrará en vigencia este sábado.

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En el decreto se establecen cuatro fases sanitarias de acuerdo a un semáforo epidemiológico: zonas de bajo riesgo, de riesgo medio, de alto riesgo y de alarma.

Para determinar a la clasificación, se toman en cuenta tres factores. El primer es el aumento de casos en últimos 14 días, el segundo la cantidad de casos sobre población y el tercero la ocupación camas de UTI.

Medidas generales para todo el país

Medidas para zonas de bajo riesgo epidemiológico

Se aplican las reglas de cuidado generales como distanciamiento, uso de tapabocas, ventilación en espacios cerrados e higiene; los protocolos aprobados para cada actividad; aforo del 50% en superficies cerradas, salvo excepciones, y rigen las suspensiones establecidas para todo el país.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio

Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico

Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria

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