El jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, consideró que el fallo de la Corte Suprema de Justicia que ordena a YPF hacer públicas las cláusulas secretas del acuerdo con la petrolera estadounidense Chevron por Vaca Muerta "es una acordada que atenta contra la seguridad jurídica del país porque impide que empresas que quieran invertir en la Argentina lo hagan en los términos establecidos".
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"Lo que ha dicho la Corte en este caso es una locura, que lo que hace es desnudar información de convenios confidenciales como se hace en cualquier situación industrial en el mundo. Y vemos que de esta forma se le impide al Estado tener sociedades administradas también con el derecho privado", dijo el funcionario.
Para el ministro coordinador, la sentencia "se entromete en cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, un hecho que no debiera hacerlo nunca, específicamente se entromete en esto. La verdad es que esta decisión es un atentado a la seguridad jurídica en nuestro país".
"Pero además -añadió el jefe de Gabinete en su análisis con la prensa acreditada en la Casa Rosada- esta acordada es una decisión que deja al país en pésimas condiciones y va a complicar a nuestro país en situaciones complicadísimas desde el punto de vista judicial cuando empresas que han firmado acuerdos de confidencialidad se le solicite información y haya que darla".
"La verdad es que esta acordada da mucha bronca y ¿qué tiene que hacer este fallo en el medio de una decisión electoral como la que estamos llevando a la práctica los argentinos? ¿O en realidad lo que están buscando que ésto pueda incidir en la decisión electoral?", se preguntó.
Preguntado por uno de los cronistas sobre si hubo intencionalidad en el fallo, el funcionario nacional afirmó: "Estoy pensando que eso es así, estoy pensando que lo que usted dice es lo cierto. ¿Dígame qué hace esta discusión hoy y si no se podía esperar 12 días y haberla sacado después del 22 de noviembre ¿Para qué se saca en este momento?".
El máximo tribunal falló ante una acción de amparo presentada por el senador socialista Rubén Giustiniani, luego de que YPF se negara a aportar precisiones del acuerdo, en especial sobre la calidad ambiental y las actividades que desarrollará Chevron en el lugar.
La Corte tuvo en cuenta el derecho de acceso a la información contemplado por los distintos organismos internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos o la Asamblea de Naciones Unidas.
Los jueces evaluaron que YPF funciona bajo la órbita del Poder Ejecutivo en función de haber sido designado el ministro de Economía, Axel Kicillof, como director de la compañía; el ministro de Planificación, Julio De Vido, como interventor; y Miguel Galuccio como gerente general.
"La autoridad para gobernar la sociedad que ejerce el Poder Ejecutivo queda demostrada", expusieron los jueces, y al estar YPF bajo jurisdicción del Gobierno "se halla obligada a dar cumplimiento a las disposiciones del decreto 1172/03 en materia de información pública".
También tuvieron en cuenta que el decreto 530/12 que aprueba el acuerdo con Chevron, y validado por el Congreso, prevé que YPF debe "asegurar el abastecimiento de combustibles y su importancia a los efectos de garantizar el desarrollo económico con inclusión, proteger a la economía nacional de los vaivenes del precio internacional y consolidar un modelo de crecimiento".
Para la Corte, "corresponde" el derecho de acceso a la información a cualquier persona para ejercer el "control democrático" de las gestiones estatales, para poder "cuestionar, indagar y considerar si se está dando un adecuado cumplimiento a las funciones públicas".
"La información no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina", replicó la Corte.
El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, mientras que Elena Highton de Nolasco votó en disidencia, pues consideró que previo a resolver se le debía haber dado la palabra a la firma Chevron.
En este marco, YPF ya anunció que revelará todas las cláusulas. La compañía con mayoría accionaria estatal informó que va "a cumplir con esa decisión de acuerdo a la normativa vigente y conforme a los plazos procesales que se establezcan".
Según la ley 26.741, por la cual el Estado nacional declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51% del capital accionario de YPF, la empresa opera como una sociedad anónima abierta, en los términos del Capítulo II, Sección V, de la Ley 19.550 y normas concordantes.
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