Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se llevarán a cabo el 13 de agosto en todo el país y, a medida que se acerca el día, las dudas sobre la votación aumentan: ¿Qué tengo que hacer si estoy de viaje y no puedo votar?
Elecciones 2023: ¿qué pasa si estoy de viaje y no puedo votar?
De cara a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), Ámbito te cuenta qué hacer si no podés ejercer tu voto.
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Elecciones 2023: ¿qué se vota el 13 de agosto?
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Elecciones 2023: ¿hasta qué hora se puede ir a votar en las PASO?
Elecciones 2023.
En primer lugar, el Código Electoral establece sanciones claras para los que se ausenten el día de los comicios y no presenten una justificación válida:
Según el Código Electoral, en estas Elecciones 2023 "se impondrá multa de pesos cincuenta ($50) a pesos quinientos ($500) al elector mayor de dieciocho (18) años y menor de setenta (70) años de edad que dejare de emitir su voto”.
Además de las sanciones económicas, "el infractor incluido en el Registro de Infractores al deber de votar establecido en el artículo 18 no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección".
Elecciones 2023: ¿qué hacer si estoy de viaje?
Según determina la Cámara Nacional Electoral (CNE), quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia de su lugar de votación podrán acudir a la autoridad policial más cercana para obtener un certificado escrito, documento suficiente para omitir cualquier sanción.
Dicho certificado llevará el título de “Constancia de no emisión del voto”. De esta manera, el elector no ingresará en el Registro de Infractores al deber de votar.
El Registro de Infractores es una base de datos articulada por la Cámara Nacional Electoral (CNE) en el que figuran la cantidad de veces que los ciudadanos habilitados para votar no hayan cumplido con el deber cívico.
Elecciones 2023: ¿quiénes están exentos de votar?
- Personas mayores de 16 y menores de 18 años.
- Personas mayores de 70 años.
- Jueces y auxiliares que se encuentren en funciones durante la elección.
- Quienes vivan a más de 500 kilómetros del lugar de votación y posean una justificación válida que les impida el traslado.
- Personas enfermas o imposibilitadas de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se deberá presentar una justificación.
- Personal que integre organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.
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