La Cámara Nacional Electoral confirmó que sobre el cierre de esta semana concluirá el escrutinio definitivo de las elecciones generales, primer paso de cara al balotaje presidencial entre Daniel Scioli y Mauricio Macri.
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La Cámara, máximo órgano judicial en materia electoral, precisó que este martes a las 18:00 "las Juntas Electorales Nacionales de todo el país" comenzaron con el recuento final, "único con validez jurídica y determinado por el Código Electoral Nacional", a excepción de Capital Federal y Buenos Aires que iniciaron la tarea este miércoles por la mañana.
El tribunal precisó, además, que "se estima que concluirán entre los días jueves y viernes, dependiendo de si hubo elecciones simultáneas con las provinciales y la magnitud del distrito electoral".
"Se prevé que éstos últimos terminarán la tarea el día sábado, mientras que otros podrían demorarse más", completó la Cámara en un comunicado.
Según el Código Nacional Electoral, la verificación de actas de las mesas donde se votó el domingo pasado se inicia 48 horas después de los comicios, fecha en que también vence el plazo para que las fuerzas políticas planteen sus reclamos.
El inicio del escrutinio definitivo y sus condiciones está establecido en los artículos 110, 111 y 112 del Código, a partir de lo cual se verificará en las actas "si hay indicios de que haya sido adulterada" y "si no hay defectos sustanciales de forma".
También se controlará "si el número de lectores que sufragaron según el acta coincide con el número de sobres remitidos por el presidente de mesa, verificación que sólo se llevará a cabo en caso de que medie denuncia de un partido político actuante en la elección; y si existen votos recurridos los considerará para determinar su validez o nulidad".
Según el artículo 152 del Código Nacional Electoral, "dentro del quinto día de proclamados las dos fórmulas más votadas, éstas deberán ratificar por escrito ante la Junta Electoral Nacional de la Capital Federal su decisión de presentarse a la segunda vuelta. Si una de ellas no lo hiciera, será proclamada electa la otra".
• Entre Ríos
La Junta Electoral Nacional del distrito de Entre Ríos ha comenzado en el día de ayer con el escrutinio definitivo de los comicios realizados el 25 de octubre, que se está llevando a cabo con la presencia de los apoderados de las agrupaciones políticas que participaron de los comicios.
El secretario de la Junta Electoral, Dr. Gustavo Zonis, informó que no se han presentado reclamos o protestas que versen sobre vicios en la constitución y funcionamiento de las mesas, como así tampoco contra la elección. Además, destacó que se han finalizado las tareas de escrutinio de la Ciudad de Paraná, habiéndose brindado en tiempo real el resultado definitivo a los apoderados y fiscales de las agrupaciones políticas.
Por otra parte, el secretario brindó los detalles de las operaciones que se llevan a cabo durante el escrutinio definitivo, señalando que los apoderados corroboran la información con sus certificados de escrutinio, con los cuales convalidan las actas. Además, indicó que los fiscales han sabido recepcionar y materializar las nuevas disposiciones que se implementaron teniendo en miras la mayor transparencia electoral entre las que destacó la utilización del cuarto oscuro de contingencia, el acompañamiento de los fiscales a las caravanas de despliegue y repliegue de la documentación electoral, la acreditación de fiscales especiales por establecimiento escolar y la imposición de boletas en Secretaría para remisión a las mesas, entre otros.
Con relación a los telegramas no grabados, el secretario recordó que la Junta no participa de la emisión de datos la noche de los comicios y que no habiéndose emitido resultados provisorios de poco más de doscientas mesas, ello obedeció a que se remitieron al correo actas de resultados de las mesas en lugar de los telegramas, con lo que el correo según le informa no pudo grabarlo por rechazo del sistema.
Tal situación no ha alterado en modo alguno las operaciones de escrutinio definitivo, de donde surgen todos los resultados oficiales que ese emiten, al verificarse la grabación de dichas actas e imputación de sus resultados, los que no están siendo objeto de impugnación o reclamo por los apoderados de las agrupaciones políticas participantes de los comicios.
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