Gobierno retrotrajo las tarifas de gas y convocó a la audiencia pública
-
Lesa humanidad: Casación negó las domiciliarias de Adolfo Donda y Bernardo Caballero
-
La Ciudad busca actualizar el Presupuesto 2026 por el impacto de la inflación
Por otro lado, para quienes no pagaron las facturas se dispuso que se posibilitará el pago "en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago". La primera de esas cuotas vencerá el mes próximo, según se indicó.
Ayer, la Corte Suprema de Justicia declaró nulo el aumento en las tarifas de gas para usuarios residenciales y estableció la obligatoriedad de realizar audiencias públicas de manera previa, instancia que el Gobierno nacional anunció convocará para dentro de tres semanas al tiempo que instruirá a las empresas distribuidoras a refacturar el servicio en base a los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo pasado.
Con el pronunciamiento, el máximo tribunal puso algo de claridad al complejo entramado judicial que se desarrolló desde la publicación de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía que dispusieron un nuevo cuadro tarifario para el servicio de gas en todo el país y que desde entonces acumuló casi medio centenar de amparos en su contra.
No obstante, el fallo -que no incluye a industrias, comercios y otro tipo de entidades sociales como los clubes de barrio- anticipa una nueva tanda de presentaciones ante la justicia de los sectores que no se encuentran comprendidos.
Alrededor de tres horas después de conocido el fallo, el Gobierno salió a fijar su posición sobre el tema a través de una conferencia de prensa brindada por el jefe de Gabinete, Marco Peña; y los ministros de Justicia, Germán Garavano; y de Energía, Juan José Aranguren.
En ese marco, Peña anticipó la inminente convocatoria a audiencias públicas -que podrían realizarse en un plazo de tres semanas- y la refacturación del servicio para usuarios residenciales.
La decisión de la Corte -de carácter unánime debido a que fue rubricada por su presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Héctor Rosatti- ratificó la decisión tomada por la Cámara Federal de La Plata que anuló las resoluciones tomadas por el Ministerio de Energía para implementar la suba en la tarifa del gas debido a que no se llevaron a cabo audiencias públicas de manera previa.
Al cuantificar el fallo en lo que respecta al total de usuarios, los residenciales explican el 26 por ciento del total del consumo de gas, mientras que las industrias, comercios y demás sectores dan cuenta del 74% restante.
A los usuarios residenciales "no se les puede cobrar el aumento ni el retroactivo", resumió uno de los jueces del máximo Tribunal en su pronunciamiento. A lo que agregó que para la fijación de la tarifa del gas, la audiencia pública "previa" es de "cumplimiento obligatorio".
La decisión de la Corte apuntó al amparo constitucional de los sectores "más vulnerables", en tanto que para el resto de los consumidores (usinas, generadores -34 por ciento del consumo- e industrias -29 por ciento-, entre otras categorías), se mantiene vigente el incremento que surge de las resoluciones ministeriales.
Al hacer alusión a la protección a los "más vulnerables", y considerando que el Estado Nacional interviene directamente en la fijación del precio La Corte Suprema de Justicia declaró hoy nulo el aumento en las tarifas de gas para usuarios residenciales y estableció la obligatoriedad de realizar audiencias públicas de manera previa, instancia que el Gobierno nacional anunció convocará para dentro de tres semanas al tiempo que instruirá a las empresas distribuidoras a refacturar el servicio en base a los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo pasado.
gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), la Corte consideró también que para determinar este componente del valor de la tarifa debe realizarse una audiencia pública previa, al menos que su precio se determine sobre la base de la libre interacción entre la oferta y la demanda.
LAS CLAVES
• Las tarifas para los usuarios residenciales se retrotraen al 31 de marzo, previo al aumento
• Para comercios e industrias el aumento tendrá un tope de 500%
• Quienes abonaron las facturas con aumentos recibirán las devoluciones a partir del mes que viene
• Los usuarios que no hayan abonado aún, la deuda se cancelará en cuatro cuotas
• Se mantiene la tarifa social
• La audiencia será el lunes 12 de septiembre a las 9, en La Usina del Arte




Dejá tu comentario