Los vecinos de Río Cuarto recibieron facturas con un aumento de hasta 250%, que impactó en 28.000 de los 40.000 usuarios que tienen el servicio en la ciudad.
El juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, hizo lugar a un recurso de amparo presentado por un grupo de vecinos y dictó una medida cautelar en la que suspendió por 6 meses la suba de la tarifa del gas para todos los usuarios de esa ciudad del sur de la provincia de Córdoba.
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Tras el recurso de amparo presentado por un grupo de usuarios de esa ciudad, distante unos 225 kilómetros al sur de la ciudad de Córdoba, contra el incremento en la tarifa de gas, Ochoa ordenó suspender durante 6 meses el aumento, mientras se analiza la cuestión de fondo.
En la resolución judicial de Ochoa dispuso "suspender los efectos de las resoluciones 28/16, 31/16, y 99/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y Resoluciones del Enargas 3729/16, y las dictadas en consecuencia, refacturando conforme tarifas previas a las citadas resoluciones (esto es, 31/03/2016) para los usuarios del servicio de gas de la ciudad de Río Cuarto, hasta el dictado de sentencia definitiva".
Añade la resolución que "si la nueva facturación no fuera emitida antes de los vencimientos de las facturas recibidas por cada usuario, deberán admitirse los pagos según los cuadros tarifarios anteriores a los incrementos, absteniéndose de proceder al corte o interrupción del suministro de gas motivado en la falta de pago, e inhibirse de emitir sucesivas facturas con liquidación de los incrementos dispuestos por las normativas aquí suspendidas".
"Respecto de los usuarios que hubieren abonado facturas con los aumentos señalados -indicó Ohoa-, deberá ECOGAS (Distribuidora de Gas del Centro), acreditar dichos valores en favor de los usuarios locales, en próxima facturación".
La demanda fue presentada por 10 usuarios en nombre de todos los ciudadanos de Río Cuarto, con la asistencia del abogado Ricardo Muñoz (h).
En declaraciones radiales, Muñoz señaló: "Hemos pedido la inconstitucionalidad de la resolución que fija el tope del 400 por ciento y el juez nos ha hecho lugar. Se debe refacturar el marco tarifario vigente al 31 de marzo, sin tener el cuenta el tope".
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