La Corte anunciará mañana a las 10 su posición sobre el tarifazo
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Este jueves a las 10 se conocerá la resolución de la Corte.
En tanto, la procuradora dijo que "el aumento tarifario no pudo ser válidamente implementado sin la realización previa de una audiencia pública", y recordó que fiscales de Río Gallegos, Mar del Plata, Zapala, Ushuaia, Río Grande, Córdoba, Neuquén, Rawson y Caleta Olivia "se expidieron a favor de la suspensión del aumento tarifario" por los mismos motivos.
Gils Carbó recordó que la ley 24.076 "dispone expresamente" que se deben realizar audiencias públicas "en forma previa a la adopción de ciertas decisiones en materia cambiaria" como ser el aumento en las tarifas del servicio.
"La postura del Estado Nacional -que en el caso negó que esté obligado a realizar las audiencias públicas previas- implica restringir sustancialmente la eficacia de la audiencia pública para garantizar los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios".
"Se recorta el debate sobre la accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad sobre el componente más determinante de la tarifa final en el marco de un aumento extraordinario", añadió.
Además, consideró que los aumentos podrían "afectar el acceso de usuarios y consumidores al servicio básico de gas" y así se "pone en juego derechos humanos y fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional".
También valoró que los aumentos ponen en riesgo la "actividad económica de los comerciantes, las empresas, las fábricas recuperadas y las cooperativas, de las cuales depende en gran medida la conservación de las fuentes de trabajo".
Por otra parte, la Procuradora rechazó el argumento del Gobierno respecto de las audiencias públicas que estipula la ley de gas fueron realizados durante la presidencia de Néstor Kirchner entre 2004 y 2005. Gils Carbó señaló que esas audiencias "no constituyen una instancia de información, consulta y participación suficiente" pues "allí no se analizaron concretamente las medidas adoptadas en las resoluciones 28/2016 y 31/2016".
Para la procuradora, los aumentos de tarifas podrían "afectar el acceso de usuarios y consumidores al servicio básico de gas" con lo cual se vulnerarían "derechos humanos y fundamentales, como la alimentación y vivienda adecuada (...) a trabajar, a comerciar y a ejercer toda industria lícita".
Advirtió, además, que "el acceso al servicio básico del gas es indispensable para la continuidad de la actividad económica de los comerciantes, las empresas -en especial, las pequeñas y medianas-, las fábricas recuperadas y las cooperativas, de las cuales depende en gran medida la conservación de las fuentes de trabajo", indicó.



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