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4 de marzo 2004 - 00:00

Peligroso

Es grave que por no haber una ley en Capital Federal no se pueda condenar por llevar ilegalmente armas. Hace pocos días se liberó a un delincuente que, además de tener consigo un arma cargada, contaba en su prontuario con 5 condenas diferentes. Estuvo casi un año en cárcel para contraventores -delitos menores- hasta que se decidió su libertad en un fallo que alude a la falta de un Código Procesal Penal de la Capital Federal. La Nación transfirió hace un año a la Ciudad la facultad de juzgar el delito de portación de armas -no las llamadas de guerra- pero la Legislatura omitió decir con qué norma se procede para eso. Recién ahora prometen que en veinte días harán una norma provisoria que posibilite a los jueces condenar por ese delito.

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Le llaman el


El caso pasó casi inadvertido en el recinto, cuando durante el fallido debate acerca del código en cuestión lo planteó
Es que la Ciudad recibió hace un año la transferencia del juzgamiento de causas penales relativas a portación de armas, un delito penal que antes resolvía la Justicia nacional. Como una muestra de querer otorgarle autonomía plena al distrito porteño, el Congreso votó ese traspaso. La Capital Federal lo que hizo es que sean los jueces contravencionales -los que se ocupan de causas menores en ámbito local- los que recibieran el presente.

Apenas unas pocas causas penales pasaron así por los jueces de faltas y contravenciones, pero el


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