«La Corte nota que, a pesar de los bloqueos, la construcción de la planta de Botnia ha progresado significativamente desde el verano de 2006 y que el trabajo continúa.»
«Declara que no está convencida de que los bloqueos amenacen con perjudicar de manera irreparable los derechos que Uruguay alega» a partir del Estatuto del Río Uruguay de 1975.
La Corte determinó que Uruguay no demostró que, «si hubiera tal riesgo, éste sea inminente».
Al analizar los otros dos planteos uruguayos, la Corte destacó que «a pesar de que en varias ocasiones indicó medidas provisionales ordenando a las partes a no tomar acciones que pudieran extender la disputa», en aquellas ocasiones siempre había tomado «otras medidas provisionales».
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