ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

9 de mayo 2003 - 00:00

Tucumán: Dicen que suspensión de comicio es inconstitucional

ver más

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

"Aún no sabemos qué vamos a hacer, pero esta sentencia es inoportuna e inconstitucional. Es lo primero porque el fallo debió salir antes del cronograma electoral y de esa forma no se lo hubiese alterado", aseguró el fiscal de Estado, Benito Garzón.

El funcionario agregó que no se explica "por qué el fallo no salió antes -se lo emitió a 20 horas de que cierre el plazo para la inscripción de candidatos-, siendo que la acción de amparo (que provocó la sentencia) fue presentada en agosto del año pasado".

"Este también es inconstitucional, porque impide que cumplamos con el artículo 130 de la Carta Magna provincial, que establece que las elecciones para gobernador y vice y para legisladores deben hacerse cuatro meses antes de la caducidad de los mandatos (prevista para el 29 de octubre)", manifestó el fiscal.

Garzón precisó que si los mandatos de la actual gestión vencen el 29 de octubre, la fecha del 29 de junio, para la que se habían fijado las ahora suspendidas elecciones, "es la última posible para poder cumplir con la Constitución provincial".

El funcionario no cree que la Legislatura "pueda cumplir con el fallo, que le da 10 días" (para subsanar todos los defectos de la criticada Ley de Lemas), por considerar que "es poco tiempo para comenzar de cero con todo el proceso electoral".

El vicegobernador Sisto Terán, integrante de la Junta Electoral -que hoy no atendió por la decisión del fallo de suspender los comicios-, aseveró que le parece que "la oposición se verá favorecida al contar con más tiempo".
"Con esta sentencia, hay plazos del cronograma que deberán recrearse.

Si cambian las condiciones de inscripción, los sublemas tendrán derecho a pedir un plazo para acomodarse y terminaremos encima de la fecha prevista (29 de junio)", expresó.

Aunque en el Ejecutivo aún no lo dicen oficialmente, fuentes consultadas reconocieron que "hoy mismo se interpondría un per saltum (salto de instancias procesales) para que sea la Corte Suprema de Justicia la que, en definitiva, decida el caso".

En la madrugada, la sala III de la Cámara en lo Contencioso Adminisrativo declaró inconstitucional el artículo 2 de la Ley 6.146 (de Lemas) y ordenó a la provincia que modifique la norma en 10 días para poder continuar con el cronograma electoral.

Al hacer lugar parcialmente a una acción de amparo interpuesta por el Grupo Alberdi (nuclea a intelectuales locales), los camaristas Enrique Guibert y Rodolfo Novillo concluyeron que "la cantidad de sublemas inscriptos es desmesurada y que el sistema de lemas, de esa manera, no funciona".

Los camaristas responsabilizaron del festival de sublemas -se inscribieron 35 por ciento más que en 1999- a los escasos requisitos que se exigen para que la Justicia Electoral provincial reconozca como válido un sublema.

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias