4 de junio 2025 - 13:43

Megaestafa inmobiliaria: ordenan embargos preventivos de 60 inmuebles y de 17 vehículos de los procesados

El fin es asegurar la restitución de los bienes que fueron objeto del delito y la reparación económica a las víctimas de la estafa.

El edificio de Avenida San Juan 141, que Induplack nunca terminó. 

El edificio de Avenida San Juan 141, que Induplack nunca terminó. 

Avanza la investigación por presuntas estafas con la venta de inmuebles que eran comercializados bajo la modalidad de pozo, por parte de la empresa Induplack.

Ahora, la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°40, Paula González, dispuso el embargo de 60 inmuebles y el secuestro de 17 automotores, a fin de asegurar la restitución de los bienes que fueron objeto del delito y la reparación económica a las víctimas de la maniobra.

Estafa inmobiliaria
Estafa inmobiliaria: avanza el caso con más medidas judiciales.

Estafa inmobiliaria: avanza el caso con más medidas judiciales.

Estas medidas fueron consecuencia del pedido formulado por la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°16, a cargo de Mónica Cuñarro. La decisión judicial fue adoptada con base en los bienes identificados por la fiscalía y que se encuentran registrados a nombre de los cinco procesados y de las firmas Induplack Fiduciaria S.A., Icons Tech S.A., Induplack S.A., Cotufin S.A. y Premium S.A. -integradas por los imputados- hasta cubrir la suma de $905 millones.

Congelan cuentas bancarias

Además, la jueza congeló la cuenta bancaria de Induplack Fiduciaria S.A. y dispuso el levantamiento de los secretos fiscal, bursátil, el impuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF) y el de los sujetos obligados del sistema preventivo de lavado de activos respecto de 9 personas y 23 empresas -entre quienes se encuentran los procesados y las firmas investigadas-, al tiempo que ordenó la prohibición de innovar sobre la composición societaria y las participaciones accionarias de otras 2 personas jurídicas, informó el Ministerio Público Fiscal.

La magistrada consideró, en los términos del artículo 144 del Código Civil y Comercial de la Nación, que la personalidad jurídica no es oponible cuando se la utiliza como “un recurso para violar la ley, el orden público o la buena fe o para frustrar derechos de cualquier persona”, por lo que la ley autoriza afectar los bienes inscriptos a nombre de las sociedades utilizadas para cometer los delitos.

Actualmente, hay cinco personas imputadas y procesadas por integrar una asociación ilícita que efectuó al menos 16 hechos de estafas millonarias cometidas entre 2012 y junio de 2024 con la venta de inmuebles que eran comercializados bajo la modalidad “de pozo” en distintos puntos de la ciudad de Buenos Aires y que nunca eran terminados ni entregados a las personas que los habían adquirido o que habían adelantado dinero para su compra.

La megaestafa y sus involucrados

De acuerdo a la investigación desplegada por la fiscalía, los imputados habrían organizado e integrado una asociación ilícita, económicamente sofisticada y jerárquicamente organizada.

Según la imputación, a través de la firma Induplack Fiduciaria S.A -de la cual cuatro de los procesados eran representantes legales y el restante, su apoderado y a su vez presidente de Icons Tech S.A.- administraban fideicomisos para la construcción de inmuebles de propiedad horizontal. Y, con ese esquema, ofrecieron a la venta -por sí o por intermediarios- unidades bajo la modalidad de “venta de pozo”, para lo cual recibieron pagos anticipados y cuotas de los compradores que debían destinar a la construcción de inmuebles.

Cuando se vencieron los plazos convenidos y debieron entregar las unidades, las obras no habían concluido y tampoco se habían realizado los trámites para escriturar los departamentos, lo que perjudicó gravemente a las víctimas, quienes no solo sufrieron pérdidas económicas sino también daños morales significativos.

Para las representantes del Ministerio Público Fiscal, la conducta de los imputados evidenció un plan de negocios destinado a generar ganancias ilícitas a partir del desvío de los aportes de los compradores.

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