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27 de noviembre 2007 - 00:00

Minería dejará ingresos récord

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Catamarca - Los ingresos al erario provincial por las explotaciones mineras desde 2000 superarán a fin de año la barrera de los 1.000 millones de pesos entre regalías, utilidades de la empresa Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD) por su participación en el emprendimiento Bajo de la Alumbrera, y canon minero.
La parte más importante de estos recursos proviene de las ganancias por YMAD, 60% de las cuales le corresponde a Catamarca. En los tres primeros trimestres del año, la firma le liquidó a la provincia unos 388 millones de pesos, y fuentes oficiales estimaron que la cifra llegará a los 500 millones en diciembre: 23,6% del Presupuesto aprobado por la Legislatura para 2007, que fue de 2.116 millones.
Las multimillonarias ganancias de este año por Bajo de la Alumbrera se suman a las recibidas el año pasado, que rondaron los 54 millones. Por regalías, en tanto, las entradas entre 2000 y 2006 fueron de 325,4 millones pesos, a los que se adicionará lo recaudado este año, que se calcula en unos 125 millones. El canon minero representa un monto exiguo en la comparación, con sólo 3,6 millones entre 2002 y 2006.
Los datos corresponden a la página oficial de la Secretaría de Minería del gobierno de Eduardo Brizuela del Moral, en la que todavía no figura lo abonado en lo que va de este año.
La forma en que se gastó y se piensa gastar la fortuna que va al sector público provincial por la minería continúa siendo un misterio. Sólo existe información oficial accesible sobre el destino que le dan las municipalidades a lo que les toca por las regalías, pero es imposible determinar en qué invierte el gobierno provincial su parte, que es inmensamente superior y no tiene, a diferencia de las comunas, una legislación específica que regule su administración, según la publicación «El Ancasti».
El gobierno provincial puede disponer libremente de las utilidades que recibe de YMAD y de 45,5% de las regalías. El único condicionante legal que tiene es para las regalías y se estableció en la ley de distribución secundaria, que se limita a consignar que los fondos tienen que «asignarse anualmente en la Ley de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos priorizando el desarrollo económico de las poblaciones con mayores índices de necesidades básicas insatisfechas y de desempleo, según las estadísticas oficiales del INDEC».

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