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6 de junio 2012 - 22:21

Revés judicial para Alperovich: frenan designación en Corte

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José Alperovich
Tucumán - La Justicia suspendió el mecanismo de integración de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) con conjueces. La Cámara en lo Contencioso Administrativo concedió el martes la medida cautelar que solicitó el Colegio de Abogados de la capital tucumana y detuvo provisoriamente la aplicación del régimen impulsado por el Gobierno de José Alperovich y sancionado en febrero.

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A fines de abril, la entidad de los letrados capitalinos interpuso una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la enmienda legislativa que dio de baja el mecanismo vigente desde 1991 para integrar la Corte en caso de vacancia, impedimento, recusación o inhibición de sus vocales. En su lugar, el bloque oficialista de la Legislatura dispuso que, una vez configurados estos supuestos, los magistrados titulares serán reemplazados por conjueces oportunamente designados por sorteo de la lista que en forma anual y por fueros confecciona el alto tribunal.

Ese esquema quedó ahora en suspenso, hasta que la cautelar sea levantada o una sentencia firme sobre el fondo de la cuestión decida lo contrario. Mientras tanto, la Corte deberá ser integrada por medio del antiguo sistema de la Ley 6.238, que ordena suplir a los vocales en primer término con magistrados de segunda instancia; en segundo lugar, con los jueces que reúnan las condiciones para ser camaristas y, por último, con conjueces (meros abogados de la matrícula).

En parte, los legisladores oficialistas defendieron el modelo sancionado en la sesión del 17 de febrero (Ley 8.481) -ahora suspendido- porque «resulta inconveniente que la Corte Suprema sea integrada por un magistrado que desempeña su función en el mismo tribunal que dictó la sentencia casada».

Al repecto, el Colegio indicó que ese mecanismo «es contrario a las garantías del debido proceso y del juez natural, pues los profesionales así designados carecen de inamovilidad en sus cargos y de intangibilidad de sus remuneraciones, cosa que afecta su imparcialidad» y añadió que la enmienda «no considera un proceso de selección de conjueces que garantice la futura independencia de los candidatos».

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