Los acuerdos deben ser homologados por la Secretaría de Seguridad Social de la cartera laboral para que se reemplace el pago mensual de aportes y contribuciones por uno único realizado al momento de la venta de la producción.
El mecanismo establecido ahora difiere para el momento de la venta de la cosecha el pago de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, régimen de asignaciones familiares, sistema de obras sociales, Riesgos del Trabajo, Seguro de Desempleo y todo otro aporte o contribución establecido por las normas vigentes o los convenios colectivos. Para su puesta en práctica las partes acordaron también un convenio para cada rubro o producto, y determinaron la tarifa sustitutiva de esos aportes y contribuciones y las condiciones generales y particulares vigentes para cada instrumento legal. Trabajo será la autoridad de aplicación de la ley y podrá aprobar, desechar o propiciar la modificación de los acuerdos.
A partir de ese dato, se establecerá el monto a pagar como cotización (aportes y contribuciones) a todos y cada uno de los subsistemas de la seguridad social. Para facilitar el pago y evitar la evasión y otros fraudes, el proyecto faculta a las partes a proponer como agentes de retención a determinados eslabones de la cadena de comercialización, que descontarán del precio la tarifa sustitutiva y la depositarán a nombre de la
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