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Se determinó además que los permisos de pesca comercial habilitan a la extracción de especies variadas en las zonas que se les asigna en aguas de jurisdicción provincial y los beneficiarios deberán cumplir estrictamente con las zonas asignadas, las especies objeto de la captura y el puerto de operación. Informate más
En tanto, los permisionarios y/o responsables de la operación de pesca de las embarcaciones beneficiarias del permiso de pesca provincial, deberán cumplir estrictamente con la presentación del Parte Diario de Pesca Provincial, cuyo modelo queda establecido en las resoluciones 42/98 y 15/99, según corresponda, ante la Prefectura Naval Argentina con base en el puerto de operación.
En caso contrario, no se permitirá el despacho de la embarcación. Dicho parte debe estar sellado por Prefectura o autoridad competente para la recepción de los mismos.
Finalmente, se determinó que el incumplimiento de lo establecido en el presente acto y en la normativa vigente podrá dar lugar a la suspensión o caducidad del permiso otorgado.
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