El reglamento de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) prevé en su artículo 15 los pasos a seguir en caso de que el árbitro o las autoridades decidan suspender un encuentro de cualquier de sus competencias.
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En el primer apartado, explica que "si por causas ajenas a los clubes (razones de fuerza mayor) se suspendiera de manera definitiva un partido ya iniciado, el mismo deberá proseguir en primera instancia dentro de las 24 horas siguientes a la suspensión".
"De no ser posible a criterio de la Conmebol, será en otra fecha, completando los minutos faltantes, manteniéndose el resultado y la misma planilla de juego, salvo criterio distinto determinado por la Conmebol", indica el texto.
En el segundo punto de ese artículo 15, asimismo, el reglamento recomienda un tiempo de espera de 45 minutos, cuando en la práctica fue de una hora y media, aproximadamente.
Por último, en el cuarto punto del artículo, asegura: "En los casos que la suspensión definitiva fuera imputable a los clubes o las personas por la que éstos puedan ser responsables reglamentariamente o disciplinariamente, se aplicará lo previsto en el Reglamento Disciplinario. En estos supuestos, además, no será aplicable lo dispuesto en los apartados precedentes".
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