23 de enero 2014 - 14:39

Aclaran qué productos están exceptuados del nuevo régimen de compras on line

Aclaran qué productos están exceptuados del nuevo régimen de compras on line
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General de Aduanas, dio a conocer el listado de mercaderías exceptuadas del nuevo sistema de compras on line al exterior.

Según un comunicado del organismo de Ricardo Echegaray, los productos seleccionados quedan fuera del Régimen de Envíos Postales en las compras a proveedores del exterior, que arriban al país mediante el correo oficial.

El listado consta, que se puede consultar en la web oficial www.afip.gob.ar/comprasenelexterior/#listado, incluye "libros, medicamentos con receta médica, obras de arte alcanzadas por la ley 24.633 y demás mercaderías de primera necesidad para el destinatario, debidamente acreditadas ante el servicio aduanero".

AFIP recordó que en el caso de corresponder el pago del arancel único del 50 por ciento sobre el valor de compra, el adquirente deberá presentarse en el Correo Oficial o en la Aduana correspondiente, con la declaración jurada correspondiente y la constancia del pago efectuado a través del volante electrónico de pago (VEP).

Asimismo, los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier, deberán seleccionar el formulario 4550/T y completarlo con el detalle de la adquisición realizada.

La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente.

Al momento de confeccionar el mencionado formulario y VEP, en el campo Identificador del envío deberá informarse el número local asignado por el Correo Oficial y que le será comunicado al adquirente cuando arriba la mercadería.

Un envío suele tener un número de tracking internacional y cuando llega al país el Correo Argentino le asigna otro número local. Este último es el que debe consignarse en dicho campo, aclaró la AFIP.

Dejá tu comentario

Te puede interesar