La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se presentó "en queja" ante la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia luego que la jueza subrogante Ana Mercedes Orgueira autorizara a un contribuyente -en tiempo récord- la compra de moneda extranjera para viajar al exterior.
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La dependencia oficial, a través de un comunicado de prensa, recordó que el contribuyente había solicitado adquirir 2.000 euros para realizar el viaje y que sistemas de la AFIP validaron la compra de 848 euros, los que fueron adquiridos el día 16 de octubre.
"Vale destacar que la solicitud original fue validada parcialmente por AFIP ya que no se pudo verificar sistémicamente y en tiempo real una compatibilización entre las declaraciones juradas presentadas por el contribuyente, la realidad económica de sus operaciones y el monto total solicitado", detalló la entidad que conduce Ricardo Echegaray.
No obstante, el contribuyente realizó una presentación judicial -amparo y medida cautelar- solicitando adquirir 1.152 euros adicionales.
En función a esta presentación, la jueza subrogante de Ushuaia, Marcela Tortosa, dio lugar a la medida cautelar autorizando -en tiempo récord- la compra de este monto adicional para viajar a Italia.
Luego de la notificación de la resolución de la jueza subrogante de Ushuaia, la AFIP presentó durante la tarde de ayer -a las 16.55- un Recurso de Apelación por entender que la misma iba en contra de "objetivos esenciales del Organismo como ser la optimización de los controles fiscales sistémicos y en tiempo real de la AFIP".
A pesar de eso, la jueza subrogante Ana Mercedes Orgueira rechazó en un fallo tomado unas horas después -a las 19:28-, la apelación del Organismo y autorizó la compra de los Euros restantes para el día 18 de octubre.
Por esta situación, la AFIP se presentó esta mañana "en queja" ante la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia cuestionando la falta de efecto suspensivo que se le dio al recurso y de inmediato -a las 7.48- notificó la presentación al juzgado de Ushuaia.
"Llamativamente, y solo una hora más tarde, la misma jueza subrogante volvió a dictar una Resolución intimando a AFIP al cumplimiento de la medida cautelar `en forma URGENTE`", agregó la dependencia oficial.
"Vale destacar que la AFIP no es el organismo que autoriza la compra, o no, de moneda extranjera sino que, y en función a la Comunicación "A" 5318 del Banco Central, valida informática y sistémicamente las operaciones tomando como parámetro la capacidad contributiva de cada contribuyente en relación a la solicitud efectuada", concluyó el comunicado de la AFIP.
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