El Ministerio de Industria, a cargo de Débora Giorgi, modificó los límites de facturación que permiten que una empresa califique como micro, pequeña y mediana, permitiendo incrementar la cantidad de empresas contempladas dentro del sector, y por ende aumentar el número de aquellas que pueden acceder a los programas y herramientas disponibles.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
La definición de micro, pequeña, mediana o gran empresa que utiliza el Ministerio se basa en la facturación, de modo que cualquier empresa puede calcular si es o no Pyme comparando sus ventas totales (promedio de los últimos tres ejercicios) con el límite que define el Ministerio de Industria. Este límite es diferente según el sector de actividad.
La Resolución 21/10, publicada en el Boletín Oficial, implica nuevos valores máximos de las ventas totales que hacen que una empresa sea considerada micro, pequeña o mediana, condición para acceder a los programas de la Secretaría Pyme del Ministerio de Industria, así como a otros regímenes y programas financieros del Estado.
Como novedad, la resolución de la Sepyme agrega dos medidas adicionales: la primera es que en el cálculo del nivel de ventas de la empresa que para comparar con el límite oficial se permite deducir de las ventas totales de las exportaciones realizadas, hasta un máximo del 35% del total de ventas. De este modo, por cada $100 de ventas se pueden detraer las exportaciones hasta $35.
La segunda medida establece que una vez que la empresa demuestra su calidad de PyME ante un programa público, mantiene tal condición durante 24 meses, independientemente de la evolución efectiva de sus ventas. Estas dos medidas buscan incentivar las exportaciones de las PyMEs, y facilitar el acceso a los programas gubernamentales, permitiendo, también, que la empresa pueda exceder temporariamente la facturación límite, como sucede cuando realiza alguna exportación extraordinaria.
Giorgi explicó que "esta actualización permite dinamizar y flexibilizar el concepto de empresa PyME, permitiendo que la población objetivo de los programas de política pública de la Secretaría PyME permanezca más tiempo dentro del universo de asistencia. De esta manera la PyME que crece puede seguir recibiendo nuestra asistencia y adaptar por ejemplo su estructura organizativa con apoyo del Ministerio, de modo que cuando finalmente deje de ser PyME por su facturación esté preparada para ser actuar como una gran empresa".
La medida amplía el universo Pyme, favoreciendo a cerca de 4.000 empresas que, con los límites vigentes anteriormente, ya no calificaban como Pymes, según comentó el Secretario PyME, Horacio Roura.
Cabe mencionar que se entiende por ventas totales anuales, el valor de las ventas que surja del promedio de los últimos tres balances o información contable equivalente (adecuadamente documentada), excluidos el impuesto al Valor Agregado, el impuesto interno que pudiera corresponder y, como novedad, deducidas las exportaciones que surjan de los mencionados balances hasta un máximo del 35% de las ventas totales. En los casos de empresas cuya antigüedad sea menor que la requerida para el cálculo establecido, se considerará el promedio proporcional de ventas anuales verificado desde su puesta en marcha.
Dejá tu comentario