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En la visión del gobierno argentino -desde las primeras negociaciones- siempre estuvimos «muy cerca» de arribar al acuerdo y los pronósticos de sus voceros siempre fueron optimistas, comunicando sucesivamente fechas «tentativas» para la firma de dicho acuerdo, las que iban siendo sistemáticamente pospuestas. Según la versión del gobierno argentino el acuerdo siempre «...está a punto de ser cerrado...» pero, sorpresivamente, nuevas exigencias por parte del organismo internacional, o el cambio de actitud de alguno de sus directivos, frustra la posibilidad. Conjuros, complots, insensibilidad, capricho, fueron sólo algunos de los adjetivos con que se intenta explicar la negativa por parte del FMI de concretar el acuerdo definitivo.
Es conocida la visión crítica que la sociedad y una parte importante de los economistas mundiales tienen de las políticas del FMI; en especial de su actuación en relación con las crisis de los últimos años que tuvieron lugar en Asia, Rusia y América latina.
Ahora bien, ¿es verdad que el FMI va cambiando las exigencias a medida que avanzan las negociaciones?; ¿es verdad que cada vez que nos acercamos se aleja?; ¿cuáles son las causas verdaderas de la demora? Se dijo que eran:
1) la falta de un plan coherente y sustentable; 2) la nueva Ley de Quiebras y 3) la Ley de Subversión Econó-mica. Esto no es totalmente cierto. La Argentina en muchas oportunidades en el pasado acordó con el FMI sin tener realmente un plan coherente; y cuando en alguna oportunidad lo pudo tener esbozado tampoco pudo dar garantías de que realmente fuera finalmente cumplido. En cuanto a los otros argumentos, cabe recordar que durante la vigencia de la antigua Ley de Quiebras 19.551 (1972/ 1995), y la posterior Ley 24.522 (1995 a la fecha), así como de la Ley de Subversión Económica 20.840 (1974/2002) el mundo le prestó a la Argentina más de 100.000 millones de dólares y nunca le preguntó por el contenido de estas normas, tampoco el FMI u otros acreedores condicionaron a su derogación un acuerdo, o asistencia crediticia alguna. La realidad es otra: el organismo internacional no tiene confianza en las instituciones y en el actual gobierno argentino, y por ello exigió la reforma de la Ley de Subversión Económica porque contenía una figura punitiva con una amplitud discrecional tan amplia para el magistrado que era considerada muy peligrosa en la actual situación política e institucional (especialmente por la politización de la Justicia), ya que podía constituirse en un arma para la caza política de empresarios y banqueros; y reclamó que se dejaran sin efecto algunas de las normas de emergencia dictadas en enero y febrero de 2002 que produjeron un virtual jubileo para deudores concursados y fallidos dándoles una moratoria gratuita de más de dos años, y suspendiendo todas las ejecuciones de garantías dadas a acreedores por el plazo de casi un año; además de «pesificarlos». El gobierno como respuesta al requerimiento, proclamó que acataría el pedido; pero -como en tantos otros campos-dijo una cosa e hizo otra: 1) no derogó la Ley de Subversión Económica, sino que simplemente modificó su texto y la «resancionó» bajo el número 25.602; 2) tampoco derogó la mal llamada Ley de Quiebras 25.563, sino que la «modificó» por la Ley 25.589, y dejó muchas de sus normas en pie, algunas sólo atenuadas; y 3) finalmente, mien-tras anunciaba que había firmado pactos fiscales con las provincias, en realidad sólo había suscripto «cartas de intención». De poco sirvió la viveza criolla. Seguimos diez meses después sin tener acuerdo. En realidad, lo que ocurre es que el FMI no cree 1) que el gobierno del presidente Duhalde tenga realmente intenciones serias de dejar el poder el 25 de mayo de 2003; 2) que este gobierno tenga voluntad de tomar y llevar adelante medidas básicas y razonables en materia de política monetaria y fiscal sustentables en el tiempo; 3) que vaya a tomar alguna medida que le importe asumir un costo político con el objeto de salir de la crisis o reinsertar al país en el mundo; 4) que tenga poder para evitar que el Parlamento vuelva a violar derechos de propiedad y garantías constitucionales disponiendo nuevas prórrogas para juicios o ejecuciones.
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