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El gobierno envió finalmente ayer al Congreso el proyecto de ley para atender la situación de los deudores hipotecarios en proceso de ejecución. Este nuevo intento es un mix de opciones que se habían probado anteriormente sin demasiado éxito.
El proyecto establece un nuevo procedimiento en el que se toman dos ideas como eje central: la teoría del esfuerzo compartido entre deudor y acreedor -es decir, negociar un dólar intermedio para las deudas entre el 1 a 1 y el libre actual-, y para ello abre la posibilidad hasta ahora vedada de que el deudor mejore la oferta de pago al acreedor que presenta para cada caso el fondo fiduciario que maneja el Banco Nación para la refinanciación de deudas hipotecarias. Todo eso, claro, sólo para los deudores que ingresaron en el Fondo Fiduciario del Nación.
El primer cambio al régimen es que todo juez de ahora en más deberá llamar a una audiencia de conciliación en el momento en que esté firme una sentencia de ejecución hipotecaria o que la propiedad haya quedado en condiciones de ser rematada.
A esa audiencia el deudor concurrirá con un certificado que emitirá el Fondo Fiduciario con el monto que éste tiene disponible para la cancelación. La primera diferencia es que en ese acto el deudor podrá mejorar la oferta para llegar a un acuerdo con el acreedor.
Una vez que se haya cerrado el acuerdo, el juez lo homologará y de allí en más pasará a ser exigible el cobro por parte del acreedor.
Se explicita en la ley que el Fondo Fiduciario no será responsable por el pago de ningún otro monto que no sea el que se comprometió en el certificado inicial.
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