Esta semana el Senado intentará modificar el límite al Impuesto a los Bienes Personales que hoy ya impacta directamente en la clase media. Dos proyectos -ninguno con origen en el Poder Ejecutivo- proponen elevar el mínimo no imponible a $ 300.000. Ese tributo, conocido como impuesto a la riqueza, grava con una alícuota de 0,5% a inmuebles, autos, barcos o tenencias que superen los $ 102.300, límite que no se modifica desde 1993. Después de la convertibilidad y con la actualización de los valores inmobiliarios, hoy debería pagar ese impuesto quien posea un departamento de dos ambientes en la Capital.
El Senado comenzará a analizar esta semana en comisión un proyecto de ley para modificar el mínimo no imponible en el Impuesto a los Bienes Personales, fijado hoy en $ 102.300, y que quedó desactualizado en relación con el valor de las propiedades y automóviles después de la devaluación. La iniciativa -que partió de los senadores y no de un proyecto del Ejecutivo- quiere llevar el monto mínimo sobre el que no se paga este tributo a $ 300.000, lo que representa una actualización similar a la que sufrieron, por ejemplo, inmuebles en la Capital Federal. De hecho, ese gravamen conocido históricamente como «impuesto a la riqueza» pasó a ser pagado después de la devaluación por una parte importante de la población urbana: con sólo poseer un departamento de dos ambientes en la Capital (poco más de 35.000 dólares) ya se supera con creces el límite de $ 102.300. Por eso es que la AFIP ha comenzado una campaña para constatar personalmente la existencia y el carácter de inmuebles con datos que obtiene cruzando información de otras fuentes, como el registro de la propiedad.
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Para el gobierno, la situación es ideal ya que se obliga a pagar la tasa de hasta 0,75% a quienes sólo tienen una propiedad menor como único capital después de haberse revalorado en dólares tras la crisis económica y mantenerse sin cambios el mínimo de Bienes Personales. Pero lo cierto es que, por haber recuperado las propiedades los valores en dólares de la convertibilidad, o por haberlo hecho en pesos aunque su valor en dólares no esté totalmente actualizado, muchos propietarios de clase media y media baja pasaron a ser considerados «ricos» de acuerdos con los cánones que debe aplicar la AFIP.
El proyecto que firman Luis Falcó, Pedro Salvatori, Norberto Massoni y Sergio Gallia y otro del salteño Marcelo López Arias ingresarán finalmente esta semana en la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado, que preside Jorge Capitanich.
Allí se establece que:
• Quedarán exentas del pago a Bienes Personales las acciones en el marco de los Programas de Propiedad Participada «que estén destinadas a ser o hayan sido adquiridas por los trabajadores beneficiarios».
• Se establece que no estarán alcanzados por el impuesto los sujetos cuyos bienes resulten iguales o inferiores a $ 300.000.
• Y también se modifica la progresión de la alícuota de Bienes Personales: con bienes declarados hasta $ 500.000 se pagará 0,50% sobre el excedente -hasta ahora ese límite es de $ 200.000- y por encima de los $ 500.000 se tributará 0,75%.
En los fundamentos de la ley se explica: «Es propósito de este proyecto la actualización del monto mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales, el cual fue modificado por última vez a finales del año 1999. Cifras que, por los acontecimientos ocurridos en el país posteriormente a dicha fecha, no tienen correlato con la realidad socioeconómica actual. La coyuntura económica de la Argentina sufrió un fuerte y severo cambio en diciembre de 2001, lo que llevó a que luego de 10 años, se rompa la paridad cambiaria.
Manteniendo este piso imponible, el impuesto alcanza a una gran masa de personas que antes estaban excluidas de su pago; esto se debe, por ejemplo, a la revaluación de las propiedades, las cuales aumentaron su valor debido al tipo de cambio, a pesar de que su valuación en dólares haya disminuido».
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