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6 de septiembre 2023 - 08:56

Bono de $60.000: definen cómo y quiénes pueden pedir asistencia del 50% para el pago

De acuerdo a la Resolución 1136/2023, los empleadores o las empleadoras podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de la asignación no remunerativa siempre que se cumplan con los requisitos de presentación.

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El Ministerio de Trabajo fijó criterios para que empleadores soliciten el reintegro.

Depositphotos

El Ministerio de Trabajo volvió a hacer aclaraciones sobre el pago del bono de $60.000 para trabajadores privados y esta vez, definió cómo y quiénes pueden pedir asistencia de hasta 50% para abonar.

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De acuerdo a la Resolución 1136/2023, los empleadores o las empleadoras podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de la asignación no remunerativa siempre que se cumplan con los requisitos de presentación que se detallan a continuación.

Bono para trabajadores: cómo se efectuará el reintegro

El monto total de la asignación no remunerativa será calculado sobre los salarios devengados en el mes de agosto de 2023 y abonado en DOS (2) cuotas iguales, debiendo las empleadoras o los empleadores que requieran el reintegro, presentar la solicitud para cada una de ellas.

Para solicitar el reintegro los empleadores y las empleadoras deberán cumplimentar en cada mes la presentación de la siguiente documentación:

a. Declaración jurada del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago de la misma.

b. Recibo de pago de la asignación no remunerativa firmado de conformidad por la trabajadora o el trabajador, o en su caso recibo de sueldo del trabajador o de la trabajadora con la inclusión del monto de la asignación no remunerativa.

c. Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU).

d. Declaración Jurada de ingresos netos percibidos en el mes de agosto de 2023 por el empleador o la empleadora y fuente de los mismos.

e. Declaración Jurada de la cantidad de horas trabajadas por el trabajador o la trabajadora sujeta al “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” en el mes de agosto de 2023.

f. Lugar de residencia del empleador o de la empleadora.

Consejo del Salario.jpeg

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