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Según el Comunicado 48.366, se busca crear incentivos para que «entidades cooperativas o mutuales, que ya presten servicios financieros de distinta índole, tomen la iniciativa de crear una caja de crédito y comiencen a operar bajo la supervisión del BCRA, cuya presencia contribuye a aumentar la confianza del público en estas instituciones». Genera dudas el sistema por el menor respaldo que se le da al depositante con este régimen. Estas son las principales modificaciones:
• Con el objetivo de facilitar la constitución de cajas de crédito en zonas de menor densidad poblacional o desarrollo relativo, la participación de las cooperativas en su capital se ha establecidoen relación inversa a la población, a partir de 10% que queda determinado para las zonas más pobladas.
• Se admitirá que la participación de cooperativas de servicios públicos en cajas de crédito llegue hasta 50% en el caso de las radicadas en partidos o departamentos que no superen los 40.000 habitantes. En el caso de cooperativas con un objeto diferente (de consumo, agropecuarias, etcétera), el límite de participación es de hasta 25% del patrimonio de la entidad para esa misma franja poblacional. Se busca que en regiones donde el capital pueda ser inicialmente escaso, las cooperativas compensen esa limitación y lideren el desarrollo de las cajas de crédito en las primeras etapas de su funcionamiento, además de volcar la experiencia adquirida en sus actividades habituales.
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