Por lo tanto quedarían convertidas en ley: Una suspensión hasta el próximo 30 de setiembre de la aplicación del CER para todo tipo de deudas -dentro o fuera del sistema financiero-siempre que no superen los $ 400.000.
Para llegar a ese tope debe tomarse la totalidad de deudas que cada particular o empresa tenga con el sistema financiero.
Una vez transcurrido el plazo comenzará a aplicarse el CER, pero los efectos sobre las cuotas se verán recién a principios de noviembre.
Junto con ese proyecto los senadores sancionarán la prórroga de las ejecuciones judiciales por 90 días más.
Hasta ahora rige la suspensión sancionada en la última modificación a la Ley de Quiebras y luego ajustada en el Congreso, pero ese lapso vence el próximo jueves 15 de agosto, de acuerdo con la interpretación que la Justicia comercial ya ha hecho de esas normas.
La nueva suspensión alcanza a todo tipo de ejecuciones, que quedarán congeladas, una vez convertidas en ley, hasta el próximo 13 de noviembre.
Durante ese tiempo los acreedores podrán llevar adelante los procesos ejecutivos e incluso los jueces decretar medidas cautelares, pero siempre que no signifiquen un desapoderamiento del deudor con relación al bien a ejecutar.
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