20 de agosto 2001 - 00:00

Cómo acceder a los beneficios

La AFIP publicará esta semana la Resolución general 1.069 con la cual ya funcionarán plenamente los «Convenios para mejorar la Competitividad y la Generación de Empleo», lanzados en mayo por Domingo Cavallo.

Con esa resolución las empresas podrán tomar como crédito fiscal todos los gastos provenientes de las contribuciones patronales. Estas podrán ser descontadas en su totalidad del IVA.

Hay dos condiciones. La primera es que la empresa esté dentro de los sectores favorecidos por los planes reactivantes y haya sido aceptada por la AFIP para ingresar en los listados de los beneficiarios.

La segunda condición es que los pagos de las contribuciones patronales se hayan efectuado antes de la presentación de la declaración jurada de IVA. Sólo así se puede descontar el pago.

Para Economía este mecanismo es una ayuda a reducir costos y favorecería la presentación en tiempo y forma de las declaraciones mensuales del IVA.

Como la resolución aparecerá entre el martes y el miércoles próximo en el Boletín Oficial, ya regirá plenamente para este mes. Esto quiere decir que las empresas que deben presentar las declaraciones juradas de IVA entre el jueves y el miércoles de la próxima semana, pueden ya descontar las contribuciones patronales de agosto, siempre y cuando ya estén liquidadas.

Si la empresa es exportadora, y liquidó las contribuciones patronales, podrá sumar el beneficio a las devoluciones del IVA.

Esta es el último beneficio que restaba reglamentar para que los planes reactivantes estén plenamente en vigencia. Además de tomar las contribuciones patronales de IVA, las empresas beneficiadas ya están eximidas del pago del impuesto al endeudamiento y del tributo a la Ganancia Mínima Presunta; además de medidas puntuales para cada sector beneficiado.

En este sentido cada rubro tiene sus propias medidas. Para conocer cada régimen la AFIP dispuso las siguientes resoluciones: 1.039 para el sector automotriz y neumáticos, 1.040 para textiles y calzados, 1.041 para la metalmecánica y Bienes de Capital, 1.046 para la industria de la carne, 1.054 para madera y muebles, 1.055 para plásticos, 1.056 para celulosa y papel, 1.062 para peras y manzanas, 1.063 para arroz, 1.064 para algodón, 1.066 para yerba y 1.067 para cítricos. Todas estas resoluciones responden a las reglas generales dictadas por el Decreto 730/01, donde se disponen las metas generales de los planes de competitividad.

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