27 de febrero 2002 - 00:00

Cómo Brasil arregló la coparticipación

Brasil encontró la solución al problema fiscal de provincias y municipios en la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF), donde «el temor a ir preso ha sido clave para que funcionarios, gobernadores e intendentes cumplieran con las restricciones presupuestarias». Así lo explica el economista Juan Soldano Deheza, quien agrega que «las penas de prisión de hasta 4 años fueron determinantes en el accionar de todos los niveles de gobierno». Nadie, por ahora, ha querido tentar a la Justicia y quedar así inhabilitado para ocupar puestos políticos. Les han dado un tiempo para adaptarse a las restricciones, y para ello establecieron el apoyo técnico del BNDES (Banco Nacional de Desarrollo).

Este fue el diálogo con el economista de la consultora Cátia Vasconcelos, quien explica las bases de la legislación.

Periodista: ¿Cómo se llegó a la Ley de Responsabilidad Fiscal?


Juan Soldano:
El grado de autonomía de los gobernadores llevó a permanentes conflictos entre el Estado federal y los gobiernos estaduales, debido a los déficit fiscales permanentes en que éstos incurrían. Como consecuencia de ello, en 2001 fue aprobada la Ley Complementaria 10.114, que establece criterios de responsabilidad fiscal en la administración de los gobiernos federal, estaduales y municipales, así como organismos descentralizados, empresas estatales, autarquías y fundaciones dependientes.

P.: ¿Eso solo fue suficiente para su aparente éxito?


J.S.:
No, además de la LRF, se aprobó una ley que establece penas por incumplimiento de sus disposiciones, tipificándolos como incumplimiento de los deberes de funcionario público y delitos contra las finanzas públicas, pudiendo acarrear penas de hasta cuatro años de prisión.

P.: ¿Qué establece concretamente la LRF?

J.S.: Regula las «variables clave», los llamados criterios de gestión fiscal responsable a partir del denominado límite prudencial, que es 90% del límite máximo de gasto o endeudamiento. La ley establece topes al gasto y, por ende, al nivel de endeudamiento. No es una ley de déficit cero, sino que les dice a todos los funcionarios que no pueden tener otro nivel de endeudamiento que el fijado por el Senado. De esta forma, acotaron el nivel de gasto. Porque tienen comprometido, por ejemplo, 13% de sus ingresos para amortizar deuda, y hasta 60% para sueldos. Con el resto, tienen que afrontar gastos operativos y de infraestructura.

P.: ¿Qué otras características tiene la ley?

J.S.: Los gastos que comprometan recursos a largo plazo deberán ser compensados con aumentos de ingresos tributarios permanentes o con la reducción de otros gastos. En el caso de la seguridad social, queda prohibida la creación de nuevos beneficios sin la contrapartida de los correspondientes recursos. También prohíbe al Banco Central a prestar a cualquier ente de la unión. Establece también la obligación de presentar presupuestos trianuales con resultados consistentes.

P.: ¿Cómo restringen el gasto en personal?

J.S.: Define los límites máximos y prudenciales de gasto en personal para cada nivel de gobierno y cada uno de los poderes, como un porcentaje de los ingresos fiscales disponibles (según lo dispone la Ley Camata).

P.: ¿Tiene algún tratamiento especial la coparticipación?


J.S.:
Se establece que todo anticipo contratado debe ser liquidado dentro del mismo ejercicio.

P.: ¿Cuál es el manejo de los libramientos impagos?


J.S.:
En el caso de los saldos a pagar (son gastos contratados dentro del ejercicio fiscal en curso, pero cuyo pago se realiza en el siguiente), se dispuso que éstos no podrán superar la disponibilidad de caja a fin del ejercicio. En los períodos preelectorales se establecen prohibiciones adicionales para evitar el clientelismo político.

P.: ¿Qué es la llamada Declaración de Gestión Fiscal Responsable?


J.S.:
Esta le da particular énfasis al aspecto de transparencia en los gastos. Esta declaración debe ser firmada por el responsable de cada ente y su secretario de Finanzas.

Dejá tu comentario

Te puede interesar