27 de agosto 2002 - 00:00

Cómo realizar la operación

• Las concesionarias, fabricantes o vendedores autorizados, en el caso de no existir las primeras, por intermedio de una entidad financiera, enviarán diariamente a través del MAESOP (Sistema de Operaciones del Mercado Abierto Electrónico), los pedidos de rescate de los títulos públicos indicando el monto de valor nominal del bono a ser rescatado por el Ministerio de Economía, identificando al vendedor, al comprador, el bien y las condiciones de la operación.

La Secretaría de Finanzas informará al día hábil siguiente la aceptación o rechazo de las solicitudes presentadas.

• Los compradores deberán dentro de los 7 días hábiles bancarios transferir los bonos correspondientes para ser bloqueados en la cuenta custodia de la entidad financiera correspondiente en la Caja de Valores Sociedad Anónima.

La entidad financiera informará el detalle de la transferencia (identificación del cliente, cantidad de valor nominal de bonos, etc.) a la Caja de Valores, la que remitirá esta información al Ministerio de Economía.

• La Caja entregará al tenedor el certificado para realizar la operación en la concesionaria, fabricante o vendedor autorizado.

La CVSA transferirá los títulos bloqueados a la cuenta de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía en el Banco Central de la República Argentina y éste transferirá los fondos a la entidad financiera designada a tal efecto.

La entidad financiera deberá mantener los fondos indisponibles hasta comprobar, conservando copia de la documentación, la inscripción del vehículo o maquinaria a nombre del comprador identificado en la presentación del pedido de rescate de los bonos. En caso de no completarse la operación en las condiciones establecidas a los 30 días hábiles bancarios de concretada la transferencia de los fondos, la entidad receptora deberá revertir la misma.

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