Con el fin del retiro pascual, y una vez que los diputados hayan escuchado esta semana el informe del jefe de Gabinete, Alberto Fernández -si es que concurre finalmente a dar las explicaciones que se pidieron sobre el caso Southern Windsdos temas clave desembarcarán en la agenda de Diputados: la sanción definitiva del Plan Antievasión II -que Roberto Lavagna y Alberto Abad piden a gritos- y el proyecto que modifica la tasa especial de 18,5% sobre el gasoil transformándola en un impuesto de 20,2% para financiar subsidios que otorga la Secretaría de Transporte de Ricardo Jaime -que «todo» el gobierno pide a gritos-. Cualquiera de las dos leyes es hoy altamente conflictiva, pero la pelea más fuerte se dará ahora, sin duda, dentro de 10 días en torno al Plan Antievasión. Tanto radicales como peronistas consideran inconcebible la cantidad de poderes absolutos que se otorga a la AFIP para detectar casos de evasión y agilizar la notificación a deudores, al punto que muchos creen que la norma, de aprobarse, sería declarada inconstitucional ante el primer juicio iniciado con el nuevo sistema.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
• Uno de los puntos más conflictivos por solucionar es la facultad que se da a la AFIP para determinar un domicilio fiscal alternativo para comunicar las intimaciones por incumplimiento de obligaciones fiscales. De esa forma se busca salvar el problema de notificar al deudor cuando el domicilio aparece desocupado, inexistente o no es el real. Este artículo sigue generando resistencias.
• Se crea también el « domicilio fiscal electrónico». La AFIP lo define como un sitio de Internet, «seguro, personalizado, válido y obligatorio» donde serán plenamente efectivas a los efectos legales las notificaciones, citaciones y demandas que presente la DGI contra morosos. Es decir que tendrá validez como domicilio constituido tanto a los efectos administrativos como judiciales. Para ser más claros: cuando la AFIP quiera intimar a un contribuyente, no necesitará perseguirlo ante un cambio de domicilio o ausencia de un responsable; el deudor quedará formalmente emplazado sólo con el envío de un mail.
• Otra crítica al proyecto surge del sistema de consultas vinculantes. En la ley se le da facultades a la AFIP para establecer un régimen optativo de consultas, mientras que los diputados quieren que las respuestas de la AFIP a los interrogantes de los contribuyentes tengan valor legal. Se faculta, además, al Poder Ejecutivo para arancelar esas consultas a la AFIP.
• En general, el proyecto avanza con la canalización a través de Internet de todo tipo de citación y notificación que deba realizar la AFIP. Se lo considera un avance, pero con peligros latentes. Analizan los diputados, por ejemplo, el artículo que establece que esas comunicaciones estarán perfeccionadas sólo con la «puesta a disposición en el domicilio fiscal electrónico del responsable, del archivo o registro de la AFIP con el contenido» de lo que se desea notificar.
Es otra modificación que tiende a eliminar los escollos que tiene la AFIP a la hora de notificar a contribuyentes morosos lo que impide llevar adelante los procedimientos de cobro.
• Pero ninguno de estos cambios introducidos en la reforma a la Ley de Procedimiento Tributario, incluida en el Plan Antievasión II, tiene tanta resistencia como la ley que modifica las notificaciones a deudores en sede judicial. Esta norma, paralela al plan antievasión, establece que las notificaciones de la DGI serán válidas en la propia sede del juzgado donde tramita, por ejemplo, un expediente por evasión. Es decir que un deudor puede estar siendo juzgado y en vías de ejecución y enterarse sólo cuando su inmueble ya ha sido embargado o en proceso de remate, si es Alberto Abad que no cuenta con un cuerpo de abogados que monitoreen continuamente su situación judicial, denuncian en la Comisión de Presupuesto y Hacienda.
• El último punto que sigue en fuerte disputa con el radicalismoy dentro del propio PJ es el proyecto que establece nuevas presunciones que podrá aplicar la AFIP para la detección de trabajo en negro. Así, una variación en el consumo eléctrico de una empresa, mayor compra de insumos o una suba en la facturación podrán ser tomados por un inspector de la AFIP -desde su escritorio analizando las declaraciones presentadas por la propia empresa más los datos extra- como indicadores de la existencia de más empleados que no han sido declarados.
Ese proyecto tiene el rechazo de casi todo el Congreso y, si bien pasó por la Comisión de Presupuesto y Hacienda gracias a la obediencia que se profesa allí al Ejecutivo, ahora está trabado en la Comisión de Legislación Penal con fuerte crítica por parte del lobby de los abogados porteños.
Dejá tu comentario